Parlamentarios procesaron primeros 30 artículos del proyecto de Ordenamiento de Finanzas Públicas

Sábado, 25 de abril del 2020 - 06:32 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En la tarde y noche de ayer, la Comisión de Régimen Económico avanzó en el análisis hasta el artículo 30 del proyecto de Ley de Ordenamiento de Finanzas Públicas, de autoría del Ejecutivo que busca afrontar la crisis económica y sanitaria con políticas de ordenamiento fiscal. Resolvieron retomar su labor legislativa este sábado 25 de abril  a las 10h00.

El contenido del artículo 3 generó debate en la mesa legislativa. Los parlamentarios señalaron la necesidad de corregir el texto propuesto por el Ejecutivo en razón de que el Ministerio de Finanzas debe coordinar con las entidades de la administración pública central los procesos de descentralización del Estado, con sujeción a las políticas del Plan Nacional de Desarrollo y en concordancia con el principio de sostenibilidad fiscal, más no con todo el sector público, caso contrario se afectaría la autonomía de la seguridad social y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD). No se puede ir contra la Constitución, dijeron.

Además, se pidió corregir el numeral 12 del artículo 3, tomando en cuenta que Consejo Nacional de Competencias es el organismo técnico del Sistema Nacional de Competencias.

Sobre el artículo 4 dijeron que el principio de la sostenibilidad fiscal es un concepto contable que no puede estar sobrepuesto al mandato constitucional de la estabilidad económica,  por tanto, plantearon que el Plan Nacional de Desarrollo garantizará la correcta aplicación del principio de sostenibilidad fiscal, en concordancia  con la estabilidad económica y reglas fiscales. 

Los comisionados consideraron que se debe eliminar el segundo inciso del artículo 6 porque en los planes de inversión pública no puede constar la seguridad social ni los GAD. Reflexionaron que los recursos de los Iinstitutos de seguridad social son privados y el Estado no tiene porqué toparlos. Además, en la Constitución se establece su autonomía financiera. Con este mismo fin revisarán el contenido del artículo 7.

Así mismo, señalaron que no es conveniente que el Banco Central sea considerado como una institución del sector público financiero. Sobre el crecimiento de la economía que consta en el artículo 10, numeral 6 del proyecto, que determina que no sea mayor al 5 % (antes era del 15%) dijeron que es peligroso este porcentaje porque no se deja colchón para la proforma plurianual. Unos asambleístas creen que debería ser mediante un mecanismo progresivo, otros no están de acuerdo.

Se planteó que el 15 % se mantenga para los años 2021 y 2022 o buscar una tabla progresiva que vaya de 15%, 10%, hasta llegar al 5 %, y que sea aprobado por la Asamblea Nacional. El Ejecutivo plantea que la decisión la tome directamente el Presidente de la República.

En el proyecto se plantea eliminar el artículo 81 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. Los comisionados dijeron que es absurdo eliminar la regla fiscal que garantiza la conducción de las finanzas públicas. En otro orden, mencionaron que el Ministerio de Finanzas no tiene porque condicionar a los GAD la transferencia de recursos que por ley les corresponde, así como la entrega de la devolución del IVA. Cambiarán el texto del artículo 13.

Al revisar el artículo 16 del proyecto, los asambleístas indicaron que la función del Ministerio de Finanzas no es el de poner límites en la elaboración de presupuestos, sino coordinar su planificación, razón por la cual harán cambios al articulado. En otro orden, mencionaron que  revisarán si conviene o no establecer un seguro petrolero, tomando en cuenta que el Ministro de Energía y Recursos Naturales no Renovables precisó que no es el momento de establecer este seguro ya que habría que buscar dinero para hacerlo.

Los asambleístas plantearon eliminar el artículo 26 del proyecto, en vista de que el Ministerio de Finanzas es el ente rector de la finanzas públicas, por tanto, puede emitir normativa de contabilidad. Dijeron que la redacción del artículo 27 que prevé modificar hasta por un total del 5 % el Presupuesto General del Estado, respecto de las cifras aprobadas por la Asamblea Nacional, están orientadas a privilegiar el pago de la deuda. Tomarán una decisión al respecto ya que se pone en riesgo la visión que debe tener el Estado de invertir en favor de las personas.

JLVN/cz

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COMISIÓN DE RÉGIMEN ECONÓMICO. VIRTUAL. QUITO, 24 DE ABRIL DEL 2020

 

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