El Pleno de la Asamblea Nacional, este viernes 01 de mayo, instaló la sesión 667 en la cual se desarrollará el primer debate del proyecto de Ley Orgánica de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, orientado a la sostenibilidad fiscal para garantizar la articulación entre planificación y disponibilidad de recursos; la previsibilidad de ingresos y gastos con presupuestos institucionales reales; y, la transparencia del libre acceso a la ciudadanía sobre información del manejo de recursos públicos.
La sesión inició a las 17h48 con la lectura del informe presentado por la Comisión de Régimen Económico, que en su parte medular establece que la mesa legislativa llevó adelante el análisis de textos propuestos bajo la modalidad “artículo por artículo”. Como resultado de este ejercicio técnico-democrático se alcanzó consenso mayoritario respecto 42 de los 49 artículos y se resolvió también mayoritariamente la eliminación de 2. No se alcanzó consenso respecto de 7 artículos, de la propuesta original del Ejecutivo.
El presidente de la Asamblea Nacional, César Litardo Caicedo, suspendió la sesión del Pleno, e indicó que la misma se retomará este domingo 3 de mayo, a partir de las 10h00, con la ponencia del presidente de la Comisión de Régimen Económico, Daniel Mendoza y el respectivo debate.
Contenido del proyecto de Ley
El proyecto contiene seis capítulos. La programación fiscal y presupuestaria con enfoque de “arriba hacia abajo” en función de la programación presupuestaria cuatrianual y de acuerdo a los supuestos macroeconómicos. La articulación en la definición de políticas fiscales, económicas y reglas fiscales. La reducción de discrecionalidad en las modificaciones fiscales, razón por la cual, se establece los techos de reformas.
Además, manejo de Tesorería a través de Certificados de Depósito y Notas del Tesoro. Determinación de metas fiscales y techos presupuestarios, con la finalidad de conocer la restricción real del Estado para la asignación de recursos y con ello establecer techos institucionales para la asignación presupuestaria a la planificación nacional.
Así mismo, en el sexto capítulo se detallan reglas fiscales con sus respectivas secciones, donde se determina qué entidades de la administración pública se sujetarán para el manejo de riesgo de liquidez y solvencia; límites al endeudamiento para empresas públicas; así como las causales y excepciones de suspensión de una o más reglas fiscales, la determinación de los objetivos y metas fiscales para el conjunto de entidades del sector público no financiero y del Presupuesto General del Estado.
Igualmente se determina la creación y conformación del Comité de Coordinación Fiscal; del cumplimiento, seguimiento y evaluación de las reglas fiscales; y las medidas preventivas y correctivas.
JLVN/cz