Expertos dan sus puntos de vista sobre proyecto de Ley de Extinción de Dominio

Miércoles, 20 de mayo del 2020 - 15:52 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión de Participación Ciudadana y Control Social, Ley de Extinción de Dominio

Sara Salazar, experta en derecho penal y crimonología; Andrés Ormaza, docente en el área de derecho penal, recuperación de activos y extinción de dominio; y, Marco Morales, catedrático universitario en materia constitucional, expusieron sus criterios respecto al proyecto de Ley Orgánica de Recuperación de Bienes de Origen y Destino Ilícito e Injustificado, más conocido como Ley de Extinción de Dominio, que la Comisión de Participación Ciudadana y Control Social analiza, previo a la elaboración del informe para primer debate.

Los juristas coincidieron en la importancia de la Ley como herramienta que golpee el crimen organizado y la recuperación de los herarios públicos. Raúl Tello, presidente de la Comisión, dijo que el país requiere esta Ley en la lucha contra la corrupción, en la perspectiva de recuperar recursos obtenidos ilicitamente y que pueden servir para el desarrollo del país.

Sara Salazar, consultora internacional en extinción de dominio, sostuvo que la Ley es necesaria para evitar el enriquecimiento ilícito (porque no es posible que se conforme patrimonio y darle una legalidad); la competencia desleal contra empresas legalmente constituidas; evitar que los bienes y ganancias ilícitas sirvan de capital de inversión inestable y alteren la economía nacional; evitar que esos bienes o ganacias sirvan para la continuidad delictiva o la comisión de delitos; y, evitar la corrupción administrativas o todo nivel.

También es importante para que una persona sea condenada o no; se persiga su patrimonio ilícito y se pueda dictar una sentencia declarativa de extinción de dominio sobre ese patrimonio que no tiene justificación. Servirá para la regulación de adquisición de bienes que se hicieron a través de actividades ilícitas, puntualizó.

Añadió que la propiedad protegida por las constituciones de los países democráticos son las adquiridas en derecho y legalidad. Aquellos bienes adquiridos fuera del orden, no pueden ser protegidos por las normas constitucionales. Además, que así se creen leyes que incrementen las máximas penas, los delicuentes jamás dejarán de delinquir, si tienen poder económico.

Andrés Ormaza, quien fue coordinador de la Ley Modelo de las Naciones Unidas, en Extinción de Dominio, subrayó que la norma es necesaria para el país como el camino a cambios de paradigma, que implica un abordaje desde múltiples aristas y está alineado a las leyes internacionales.

Cree que se deben adoptar mecanismos exclusivos sobre bienes, porque el lucro (ilícito) representa la “razón de ser” de la criminalidad organizada; para desestimular la conformación de redes delictivas;  dar función social a la propiedad que no la tiene o la ha perdido. Además, porque los mecanismos tradicionales han sido insuficientes; y, ha existido escaso impacto patrimonial en las investigaciones.

Manifestó que la extinción de dominio no es una sanción, no tiene una camisa ideológica, sino que tiene matiz constitucional, de política criminal. Afirmó que muchos países están viendo la extinción de dominio como fuente de recursos en momentos de crisis, en todo los niveles, y sobre todo, como equilibro en las cargas económicas.

El constitucionalista, Marco Morales, manifestó desde la técnica legislativa, se debe adecuar la legislación a la realidad local; y obviar conceptos jurídicos que no existen en nuestro país.  Aclaró que la figura de extinción de dominio no riñe con el ámbito constitucional ecuatoriano y sí puede existir. El derecho a la propiedad está protegido por la Constitución siempre y cuando este derecho a la propiedad nazca de causa lícita, reiteró y pidió considerar la imprescriptibilidad a la acción de extinción de dominio.

Las observaciones recibidas serán procesadas y contribuirán al enrequecimiento y construcción de la Ley.

RSA/cz

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COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. ECUADOR, 20 DE MAYO 2020

 

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