Implementación de medios telemáticos en servicios notariales se discutió en Comisión de Justicia

Miércoles, 01 de julio del 2020 - 13:33 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En el marco de las reformas al Código de la Función Judicial, la Comisión de Justicia, en la sesión 094, se enfocó en la implementación de herramientas telemáticas en los servicios notariales, a fin de evitar aglomeraciones de ciudadanos y prevenir contagios masivos de Covid-19. También abordó alternativas para mejorar el proceso de citaciones a demandados en determinadas causas.

Para tal efecto, la mesa escuchó los argumentos de la propuesta de la asambleísta María Mercedes Cuesta y el sentir del gremio de notarios a nivel nacional y provincial.

Cuesta planteó que las citaciones se puedan realizar por medio de los correos electrónicos, siempre que exista la aceptación de las partes y que los notarios directamente cumplan con la entrega de las mismas. En caso de no encontrar personalmente al demandado, sentará razón de aquello y procederá a una citación a través de boleta.  

Habló de abrir espacio, en la nueva normalidad que vive el país, a trámites notariales mediante herramientas telemáticas que permitirán dar agilidad a los procesos, cuidar la salud de la gente y abaratar costos. El notario, entonces, podrá receptar personalmente, de manera física o de cualquier herramienta telemática, interpretar y dar forma legal a la exteriorización de voluntades; la suscrición de los documentos notariales se realizará con firma electrónica, precisó.

Criterios

Homero López y Humberto Moya, presidente y vicepresidente, respectivamente, de la Federación de Notarios, opinaron que la propuesta de comparecencia virtual debe ser opcional a la forma tradicional del actual servicio notarial, tomando en cuenta el problema de acceso a internet, que no toda la población tiene un computador y no está alineada con la firma electrónica.

Comentaron que la Ley de Apoyo Humanitario dispone ya al Consejo de la Judicatura preparar un reglamento sobre los actos que no pueden realizarse de manera telemática.

Hay que cumplir estándares tecnológicos, por tanto, se requiere la aplicación de una plataforma específica que garantice la identidad de la persona que comparece, su ubicación en el lugar exacto para la unidad del acto o la inmediación, pues se han presentado demandas por suplantación de personalidad, sostuvieron, al agregar que ahora habrá que crear un archivo para cada acto y de escrituras.

Mientras, Jorge Machado, presidente del Colegio de Notarios de Pichincha, dijo que la comparecencia virtual, al igual que la presencial debe garantizar la seguridad jurídica contractual, permitiendo a los notarios u otorgantes ver, actuar e interactuar entre ellos; la suscripción de escritura pública se dará utilizando la firma electrónica y si una de las partes no puede hacerlo por imposibilidad física designará a otra, lo que constará en el historial del proceso, indicó.

Discrepó con la idea que los notarios realicen las citaciones, ya que se les distraería del ejercicio de la fe pública. La alternativa sería que un notario alterno cumpla esta tarea, sugirió.

Por su parte, Juan Francisco Guerrero, docente universitario; Doris Moreno, abogada en libre ejercicio profesional; y, David Egas, abogado Procesalista, expresaron que la Ley de Apoyo Humanitario fija que se puede hacer uso de medios telemáticos para la actividad notarial en todo ámbito, salvo  aquellos que la Judicatura determine en un reglamento.

Explicaron que el gran cuello de botella en los procesos judiciales se registra en la citación y en la ejecución, por lo que es indispensable avanzar a una citación a través del correo electrónico, resguardando siempre derechos fundamentales de las partes, verificando que pertenezca a la pesona demandada y esté activo. La Judicatura debería manejar un archivo especial, recomendaron.

MG/cz

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COMISIÓN DE JUSTICIA VIRTUAL. ECUADOR, 1 DE JULIO 2020

 

 

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