Foro sobre derecho de alimentos en el nuevo Código de Niñez captó más de 520 participantes

Jueves, 16 de julio del 2020 - 21:24 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Con la presencia de más de 520 participantes, a través de medios digitales, se cumplió este jueves, 16 de julio, el Foro sobre “Derecho a alimentos en el marco del nuevo Código Orgánico para la Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes”, organizado por la Asamblea Nacional, a través de la Comisión Ocasional de Niñez; Pacto Niñez y Adolescencia; Colectivo Compromiso por la Niñez y Adolescencia; y, la Coalición contra el Abuso Sexual a la Niñez (Cocasen).

En la apertura de este encuentro, María Encarnación Duchi, presidenta de la referida Comisión Ocasional, destacó la importancia de este tipo de debates sobre temas de trascendencia, en este caso el Régimen de Protección Económica, como se denomina a esta temática de alimentos en el nuevo Código, que fuera tramitado por el Pleno de la Asamblea, en primer debate.

Explicó que este cambio de denominación obedece a que la pensión alimenticia, así conocida en la actual legislación, no solo cumple con esta finalidad, sino representa la responsabilidad de los progenitores de atender las necesidades básicas de los alimentados, incluidos los aspectos de salud, educación, entre otros.

Agradeció el aporte de las organizaciones de defensa de derechos de la niñez y adolescencia en el desarrollo de estos talleres, a fin de profundizar el análisis del Código de la Niñez y Adolescencia.

De su lado, Patricia Salazar, delegada del Ministerio de Inclusión Económica y Social, tras sustentar la importancia de la atención a la niñez y adolescencia, dijo que comparte la propuesta en el sentido de que la pensión de protección económica se mantenga hasta que el beneficiario cumpla 24 años, siempre que justifique que se encuentra cursando estudios en cualquier nivel de educación.

En legislación comparada, Salazar citó los casos de Argentina, Colombia y Costa Rica, donde el límite es los 18 años y puede extenderse hasta los 25, por motivos de estudios, así como en Perú y Chile, países en los cuales se puede ampliar hasta los 28 años, por la misma razón.

Mientras, Shuberth Pinzón, jurista con experiencia en derecho civil, consideró viable el establecer los 24 años como límite para el pago de las pensiones alimenticias, tomando en cuenta que hasta esa edad el adulto ya ha alcanzado la formación universitaria que le habilita para ejercer una profesión o una actividad remunerada.

De su lado, Sebastián Guzmán, vicepresidente del Consejo Cantonal de Derechos de Cuenca, se mostró partidario del cambio del capítulo de pensiones alimenticias por el Régimen de Protección Económica de Niños, Niñas y Adolescentes, por cuanto este rubro atiende otras necesidades de los niños y jóvenes, como educación, salud y recreación, aspectos fundamentales de la formación de este sector de atención prioritaria.

Finalmente, Ricardo Morales, coordinador de la Defensa Pública, dijo que es necesario debatir este tema, en tanto el derecho de alimentación como está concebido permite que se atiendan sus necesidades básicas, incluida la educación, pero tratándose de una carrera de tercer nivel, debería haber algunos requisitos, por ejemplo, que el beneficiario demuestre que está debidamente matriculado, que asiste a clases y su récord académico, por cuanto es importante también que el joven aprenda a buscar su propio sustento.

EG/cz

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COMISIÓN OCASIONAL PARA ATENDER TEMAS Y NORMAS SOBRE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. ECUADOR, 16 DE JULIO DEL 2020

 

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