La Comisión de Justicia, en la sesión 110, continuó con la revisión del articulado del proyecto de Ley de la Defensoría Pública, previo a la elaboración del informe para segundo debate.
En esta ocasión, profundizó la discusión en torno de la acreditación y evaluación de los consultorios jurídicos gratuitos, así también la entidad que llevará a cabo estos procesos, contando con aportes de las universidades San Francisco, Católica, Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (Caces) y del constitucionalista Salim Zaidán. El régimen sancionatorio y la figura de regulación fueron observados.
Respeto a la autonomía
La legisladora Ximena Peña, presidenta del organismo, manifestó que el respeto a la autonomía de las universidades es firme y no está en discusión, por tanto los textos deben adaptarse a este principio. Anunció que una mesa técnica, con la participación del Caces y de la Defensoría, trabajará, consultando a varias instituciones, para llegar a un punto medio que permita superar los nudos críticos y lograr consensos.
Observaciones
David Cordero, coordinador General del Consultorio Jurídico de la Pontificia Universidad Católica, dijo que están abiertos a la evaluación por parte de la Defensoría, según lo determina el Art. 294 del Código de la Función Judicial, la cual debe ser adecuada y con ciertos parámetros: calidad del servicio prestado, número de atenciones versus la cantidad de profesionales del consultorio, número de consultas realizadas por la ciudadanía y respondidas, el tiempo de procesamiento y la calidad, incluso preguntando a los beneficiarios.
Lo que no puede hacer la Defensoría es decirnos qué causas debemos obligatoriamente tomar o no, hecho que no es parte de un proceso de evaluación, ni tampoco sancionarnos por incumplir sus directrices, enfatizó.
Para Gabriela Flores, directora de los Consultorios Jurídicos de la Universidad San Francisco de Quito, los artículos 351 y 354 de la Constitución, así como el 18 de la LOEI establecen que las universidades gozan de autonomía, libertad orgánica, académica en todo lo que respecta a la gestión, lo que tiene que ver con docencia, investigación, generación de conocimiento y actividades de vinculación con la sociedad, como es justamente la misión del consultorio jurídico, en convergencia con el tema de docencia.
Entonces, otorgar a la Defensoría Pública potestades sancionatorias amplias sobre los consultorios vulneraría los principios de autonomía universitaria, autodeterminación y libertad de cátedra, más aún cuando los casos que llevan se convierten en herramientas pedagógicas y sirven para cumplir con la malla curricular, sostuvo.
Mientras, Salim Zaidán, abogado constitucionalista, opinó que los consultorios deberían tener libertad para escoger las causas que patrocinarán, pero sin caer en lo selectivo. La Constitución y el Código de la Función Judicial le confieren a la Defensoría la competencia de acreditación, evaluación, autorización y supervisión de los consultorios, no la potestad sancionadora, agregó.
Juan Manuel García, presidente del Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, precisó que el Caces garantiza la calidad académica de los consultorios jurídicos como procesos formativos en ejecución de la oferta académica de la institución de educación superior, que está ligada a la autonomía. Aclaró que no tienen facultad sancionatoria.
César Coronel, de la Defensoría Pública, solicitó revisar, a profundidad, la idea de quitarle a la entidad la atribución de acreditar y evaluar a los consultorios jurídicos gratuitos. Afirmó que la Ley no pretende afectar la autonomía universitaria, ni la libertad de cátedra, al comentar que si es necesario que los consultorios, desde una visión social, atiendan la totalidad de casos que se les remite.
MG/cz
Más fotografías: