El domingo, Comisión de Fiscalización conocerá solicitud de juicio político contra Christian Cruz

Viernes, 11 de septiembre del 2020 - 17:51 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Fiscalización y Control Político, que preside Johanna Cedeño Zambrano, sesionará este domingo, 13 de septiembre, a las 17h00, con el propósito de conocer y calificar la solicitud de juicio político en contra de Christian Cruz Larrea, presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), presentada por el legislador Henry Kronfle, por incumplimiento de funciones.

El asambleísta Kronfle sostiene que el presidente del Cpccs habría incurrido en varias irregularidades para la obtención y uso del carné de discapacidad para beneficiarse de los puntos por acción afirmativa en un concurso de oposición y méritos, así como de exoneraciones tributarias, entre otras ventajas atribuibles a esa condición.

En la solicitud, Henry Kronfle, concretamente, subraya que Christian Cruz Larrea, en su calidad de presidente del Cpccs, ha incumplido las disposiciones contenidas en los artículos 76, 82, 83 y 207 de la Constitución de la República, así como los artículos innumerado siguiente al 20, 38, 42 y 46 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

Trámite

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la Comisión de Fiscalización y Control Político, dentro del plazo de cinco días avocará conocimiento de la solicitud y verificará que cumpla con lo dispuesto en el artículo 131 de la Constitución de la República (en torno al apoyo de al menos una cuarta parte de sus miembros, por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la Ley) y que se anuncie la totalidad de las pruebas, caso contrario la archivará.

Calificado el trámite, notificará al funcionario sobre el inicio del mismo, acompañando la solicitud de enjuiciamiento y la documentación de sustento, a fin de que en el plazo de quince días ejerza su derecho a la defensa en forma oral o escrita y presente las pruebas de descargo que considere pertinentes. De igual forma, notificará a los asambleístas solicitantes, para que en similar plazo presenten las pruebas que sustenten sus afirmaciones. La Comisión de Fiscalización y Control Político por decisión de la mayoría de sus integrantes podrá solicitar pruebas de oficio.

Calificado el trámite por la Comisión de Fiscalización y Control Político, el enjuiciamiento político continuaría sin necesidad de las firmas correspondientes.

EG/sv

 

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