Avanza el análisis del informe para segundo debate la Ley de Extinción de Dominio

Viernes, 02 de octubre del 2020 - 18:38 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Los miembros de la Comisión de Participación Ciudadana y Control Social analizaron el Proyecto de Ley Orgánica de Recuperación de Bienes de Origen o Destino Ilícito o Injustificado. En un primer punto, los comisionados acordaron denominar a la normativa como Ley Orgánica de Extinción de Dominio.

Tras analizar el artículo 1 sobre el objeto de la norma, los asambleístas estuvieron de acuerdo en mantener el texto que fue aprobado en primer debate. “Regular el procedimiento de extinción de dominio de los bienes de origen o destino ilícito o injustificado, a favor del Estado”.

En cuanto a la finalidad de la Ley, los parlamentarios indicaron que se considerarán los diversos criterios sobre la ilicitud de los bienes, origen ilícito o destino ilícito, entre otras precisiones. Este punto, considerado como nudo crítico, será analizado con expertos en materia civil, penal, constitucional y extinción de dominio, con el fin de obtener mayor claridad sobre esta temática.

Respecto al artículo 3 sobre el Ámbito de Aplicación, los comisionados se ratificaron en el texto de primer debate: “La Ley se aplicará sobre los bienes de origen o destino ilícito o injustificado localizados en el Ecuador y sobre los que estuvieren en territorio extranjero”.

En el artículo 4, referente a la Naturaleza Jurídica, acogieron una recomendación realizada por el legislador Fabricio Villamar, incluir la palabra independiente. “La acción de extinción de dominio es patrimonial, imprescriptible, autónoma, distinta e independiente de cualquier otro proceso o materia”.

En lo que respecta al artículo 5 sobre Extinción de Dominio está previsto mejorar la redacción. En el artículo 6, de Definiciones, se elimina el numeral de Publicidad. En el artículo 7, sobre Presunción de Buena Fe, se deberá mejorar la redacción.

Sobre los Principios, artículo 8, se acoge la observación de la asambleísta Ana Belén Marín de incluir El Principio de Reciprocidad Internacional, teniendo como sujetos a los Estados; que alude de manera esencial a la noción de que un Estado concede a otro un trato semejante que recibe de él, con base en los principios que rigen la cooperación internacional, judicial, legal, acuerdos bilaterales o multilaterales suscritos, aprobados y ratificados.

Así también ratificaron que dentro de la norma deberán permanecer los principios de Nulidad ab initio, Retrospectividad e Imprescriptibilidad. El artículo 8 también fue considerado como nudo crítico y será analizado con expertos en la materia, lo mismo sucederá con el punto 9, sobre Supletoriedad.

En el artículo 10, sobre los Sujetos Procesales, la asambleísta Mae Montaño indicó que de acuerdo con legislación comparada se debería dar rol a la Procuraduría General del Estado como institución. En el texto para primer debate como Sujetos Procesales únicamente constan: Fiscalía General, él o los citados y terceros de buena fe. En este punto se solicitó la comparecencia del Procurador General del Estado.

En lo que respecta al artículo 11, sobre Protección de Derechos, los parlamentarios se ratificaron en el texto de primer debate, el cual propone que: “En el trámite y ejercicio del proceso de extinción de dominio se observará el principio de contradicción, los derechos a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, reconocidos por la Constitución de la República y en los Instrumentos Internacionales”.

El artículo 12, sobre Protección de Derechos de Terceros, el texto queda de la siguiente manera: “La persona que sin ser parte procesal fuere afectada por la extinción de dominio, podrá intervenir en la etapa judicial del proceso de extinción de dominio”.

Así también los asambleístas analizaron el punto 13 de la norma: Protección de Identidad, aquí se eliminó el segundo inciso que constaba en el texto de primer debate. El articulado que será presentado para segundo debate queda así: “Durante el procedimiento de extinción de dominio, los testigos, agentes investigadores y otros participantes involucrados dentro del proceso, gozarán de la protección de su identidad y por el nivel de riesgos, podrán ingresar al Sistema Nacional de Protección a Víctimas y Testigos a cargo de la Fiscalía General del Estado”.

Respecto al artículo 14, sobre el Deber de Denunciar, hubo pronunciamientos divididos. Mientras unos asambleístas indicaron que no se debería dar compensaciones económicas, otros legisladores indicaron que, de acuerdo con legislación comparada, en otros países sí hay recompensa por la presentación de denuncias.

Los comisionados también discutieron sobre el punto 15, respecto a la Competencia de la Fiscalía General del Estado, aquí pidieron incluir también a la Procuraduría General del Estado. En el artículo 16, referente a la Competencia Judicial, los asambleístas están de acuerdo en que existan jueces y fiscales especializados en extinción de dominio.

En las Causales de Extinción de Dominio, artículo 17, los asambleístas acogieron un numeral propuesto por el legislador Ramón Terán: “Cuando los bienes, frutos, productos o ganancias de que se trate, provengan de la enajenación o permuta de otros que, a sabiendas o debiéndolo presumir razonablemente, tengan su origen, directa o indirectamente, en actividades ilícitas”.

En los artículos 18, Ininterrupción del Ejercicio de la Extinción de Dominio; 19, Fases del Procedimiento; 20, Fase de Investigación Patrimonial; 21, Inicio de la Fase de Investigación Patrimonial; 22, Conexidad; 23, Actuaciones y Técnicas Especiales de Investigación; 24, Reserva de la Fase de Investigación Patrimonial, se sugirió mantener los textos presentados en primer debate.

Para tratar el artículo 25, Duración de la Fase de Investigación Patrimonial, se solicitó la presencia de la Fiscal o algún delegado de la institución.

Una vez analizado uno a uno los artículos, hasta el 25,  el titular de la mesa, Raúl Tello, suspendió la sesión para la próxima semana.

SV/cz

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COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANÍA. VIRTUAL. QUITO, 02 DE OCTUBRE DEL 2020

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