Javier Bustos y Paola Robalino, expertos en derecho tributario, de forma virtual expusieron sus observaciones al proyecto de reforma a la Ley de Régimen Tributario Interno, por el cual se plantea que el IVA recaudado por los municipios, prefecturas y universidades permanezca en las cuentas de estas instituciones y no se deposite al Servicio de Rentas Internas (SRI). Los dos juristas señalaron que la propuesta podría generar un problema constitucional porque no viene de iniciativa del Ejecutivo que es el que puede modificar, exonerar o extinguir impuestos.
Javier Bustos dijo que la devolución del IVA surge de los problemas que tiene el Estado Central y se refleja en la falta de recursos a ser entregados a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) para cubrir los gastos. A su criterio se debería realizar una reforma integral enfocada en sistemas de automatización de los sistemas tributarios de los GAD, lo que ayudaría a un aumento sustancial de las recaudaciones.
Presentó seis observaciones al proyecto, de iniciativa del legislador Henry Kronfle, como puntos críticos: la iniciativa debe ser exclusiva del Ejecutivo, conforme el artículo 301 de la Constitución, ya existe una modificación del sujeto activo; no se puede preasignar las retenciones en la fuente; se debe determinar quién va devolver las retenciones a favor; la figura que se propone en el proyecto de ley a favor de los GAD resulta discriminatoria porque en la Constitución se habla de la igualdad y generalidad.
Dijo que hay que tener en cuenta que actualmente esta posibilidad de compensación que se pretendería legislar tiene una prohibición en el artículo 52 del Código Tributario; la conducta que se pretende legalizar constituye delito de defraudación tributaria.
Precisó que, de pasar esta reforma, se volvería inútil porque dentro de las facultades que tiene el SRI están la calificación de los agentes de retención y la definición de los porcentajes; por tanto, si se afecta la liquidez del Estado Central en más de 300 millones de dólares, lo más seguro es que el SRI elimine a los GAD como agentes de retención.
Entre tanto, Paola Robalino señaló que la propuesta podría considerarse inconstitucional en tanto que modifica el IVA, en relación con las entidades públicas como agentes de retención, así como establece la extinción de la obligación tributaria de transferir los valores retenidos al SRI, es decir, el beneficiario del impuesto o sujeto activo. Con esta reforma ya no habría un sujeto activo (Estado).
Se pretende establecer un régimen para las entidades públicas que son agentes de retención, lo cuales por definción son sujetos pasivos, no sujetos activos. Así, la reforma se la debería realizar al artículo 63 de Régimen Tributario Interno, en calidad de contribuyentes, agentes de retención o de percepción. Hace falta un destino de los fondos, agregó.
Si se aprueba la reforma, deberían modificarse varias normas legales, entre ellas el artículo 298, numeral 18 del Código Orgánico Integral Penal que tipifica la defraudación tributaria, los reglamentos a la Ley de Régimen Tributario Interno y las resoluciones del SRI. Además, no se establece qué obligaciones serían materia de la compensación.
Propuso como posible solución a la falta de entrega de recursos del Estado a los GAD y universidades, que se incluyan normas que restrinjan obligatoriamente el plazo de la devolución, como la aceptación tácita sino se resuelve en un término más corto, por ejemplo 30 días.
El presidente encargado de la Comisión, Franco Romero, dijo que en la construcción del informe para segundo debate del proyecto de reformas a la Ley de Régimen Tributario Interno serán analizadas las sugerencias planteadas.
Contratación Pública
Por disposición del presidente de la Comisión de Régimen Económico, el miércoles 11 de noviembre, a partir de las 10h30, los comisionados iniciarán la revisión del informe borrador del articulado de las reformas a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, a fin de elaborar el informe para segundo debate, tomando en cuenta las observaciones entregadas por diferentes sectores vinculados con la materia.
Romero recordó que la Comisión realizó un estudio integral de la Ley y se receptaron varias sugerencias del ente rector, así como las emitidas en el primer debate en el Pleno y de otros sectores públicos y privados. Todas las propuestas fueron debidamente analizadas y se fue estructurando artículos que permitan recuperar la esencia de lo que es la contratación pública, el régimen especial, para evitar el uso de este procedimiento.
Romero indicó que las reformas servirán para enfrentar la corrupción en esta área, así como mejorar las herramientas de informática para fiscalizar las actuaciones de las entidades contratantes. El objetivo central es mejorar el control de la contratación pública, promover la inclusión y eficiencia del sistema, establecer nuevas atribuciones del Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop), fomentar la participación de la producción nacional, entre otros aspectos.
JLVN/cz