Justicia aprobará informe de reforma penal en materia Anticorrupción, este miércoles

Lunes, 23 de noviembre del 2020 - 17:22 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Justicia, reforma penal Anticorrpción, sesión 131

La Comisión de Justicia aprobará este miercoles 25 de noviembre, a partir de las 08h00, el informe de primer debate del proyecto unificado de Leyes Orgánicas Reformatorias del Código Orgánico Integral Penal (COIP) en materia Anticorrupción, referido a delitos contra la eficiencia de la administración pública.

Este lunes, en la sesión 131, la mesa, presidida por el legislador José Serrano, realizó una revisión exhaustiva del borrador del informe, el cual no tuvo reparos. De todos modos, se abrió espacio para que los comisionados envíen, por escrito, sus observaciones.

El documento incorpora las iniciativias de los parlamentarios Henry Moreno, Ramón Terán, Homero Castanier, Alberto Zambrano y Rosa Verdezoto; así como, dos del Presidente de la República.

El presidente Serrano indicó que este proyecto reforma cinco delitos actualmente vigentes (peculado, cohecho, concusión, tráfico de influencias, oferta de realizar tráfico de influencias) e incorpora la tipificación de tres nuevos delitos: elusión de procedimientos de contratación pública, sobreprecios en contratación pública y actos de corrupción en el sector privado.

Explicó que se determina como sanción el máximo de la pena contemplada para cada uno de esos delitos, cuando sean cometidos aprovechándose de una declaratoria de emergencia.

Cambios trascendentales

La propuesta, además, incorpora como inhabilidad para contratar con el Estado a los sentenciados por los nuevos delitos que se crean con esta reforma: elusión de procedimientos de contratación pública, sobreprecios en contratación pública y actos de corrupción en el sector privado.

Se define un nuevo tipo penal denominado “obstrucción de la justicia”, con el que se sanciona a todo aquel que mediante el uso de fuerza física, amenazas o intimidación; o la promesa, el ofrecimiento o la concesión de un beneficio indebido, en procesos derivados de delitos en contra la administración pública, impida la prestación de testimonio o la aportación de prueba; induzca a una persona a prestar falso testimonio, los que serán sancionados con pena privativa de libertad, desde tres hasta siete años.

También, se establece el nuevo tipo penal de “sobreprecios en contratación pública”, que consiste en sancionar a los servidores públicos que en los procesos de contratación pública realicen adquisiciones con evidente y comprobado sobreprecio, con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Además, a los sentenciados por este delito se les aplicará la misma inhabilitación que en el peculado para ejercer cargo público de por vida, ni cargo en entidades financieras o de la economía popular y solidaria.

Se dispone, adicionalmente, que el acto de corrupción en el sector privado será sancionado con pena privativa de libertad de uno a  tres años y un multa de 300 a 1000 salarios básicos unificados del trabajador.

Propuesta del legislador Henry Moreno

Previamente, el organismo recibió al legislador Henry Moreno, quien argumentó el contenido de su proyecto para sancionar con cárcel los sobreprecios en contratación pública en estados de emergencia.

Expuso que los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal, en alguna de las instituciones del Estado determinadas en la Constitución, que en los procesos de contratación pública realicen adquisiciones con evidente y comprobado sobreprecio, al precio ordinario determinado por la autoridad competente, serán sancionados con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

Precisó que, si la conducta prevista en el inciso anterior ha sido cometida en el marco de un estado de emergencia serán sancionadas con pena privativa de libertad de siete a diez años.

Las o los sentenciados por las conductas previstas en este artículo quedarán incapacitadas o incapacitados de por vida, para el desempeño de todo cargo público, enfatizó.

MG/cz

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