La Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social aprobó con ocho votos una moción planteada por la asambleísta Gloria Astudillo, en la cual solicitan al presidente de la República, Lenín Moreno, que en su calidad de colegislador sancione la Ley Orgánica de Extinción de Dominio aprobada por el Pleno del Asamblea, el pasado 19 de enero, así como su inmediata publicación en el Registro Oficial.
Los comisionados argumentaron que la norma cumple los fundamentos constitucionales y, además, fue elaborada sopesando las experiencias del derecho comparado, y se valoraron los aportes realizados por legisladores, especialistas nacionales y extranjeros, así como delegados y máximas autoridades de organismos del Estado, incluida la representante de la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República.
Se dijo también que la extinción de dominio es una institución jurídica vigente en ocho países de América Latina con resultados positivos, lo que ha permitido revertir a favor de sus Estados, los bienes y recursos producto de actividades delictivas o actos de corrupción.
Cabe manifestar que el Ecuador como suscriptor de la “Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción” y la “Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional”, tiene la obligación de combatir la corrupción mediante el fortalecimiento de sus instituciones democráticas. En ese marco, la Ley aprobada tiene como base la “Ley Modelo sobre Extinción de Dominio” del Programa de Asistencia Legal en América Latina y el Caribe de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.
Los miembros de la mesa coincidieron que esta Ley es necesaria y urgente para el país, pues no se puede combatir el crimen organizado si no se afecta su estructura económica. Este es el objetivo principal de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, sin que esto implique, bajo ningún concepto, la vulneración de principios y garantías constitucionales, expresaron.
Tras estas consideraciones la Comisión pidió públicamente al Presidente de la República actuar con firmeza, ante quienes intentan obstaculizar el desarrollo y ejecución de esta Ley.
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