La Comisión de Justicia, presidida por asambleísta José Serrano, en la sesión 157, continuó receptando observaciones sobre el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria del Código Penal y de La Ley Orgánica Integral Para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, para Prevenir y Sancionar la Violencia Sexual Digital.
En esta ocasión, la mesa recibió a Francisco Cevallos Tejada, secretario Técnico del Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, quien sostuvo que frente a violaciones de derechos y delitos en línea, es fundamental un abordaje integral de la temática en lo educativo, la familia, las empresas.
Recomentó definir rutas y protocolos adecuados, que contemplen la pertinencia y oportunidad de la denuncia; armonización entre lo administrativo (sistema educativo, familia, ente regulador de las telecomunicaciones, etc.) y lo judicial (Fiscalía, justicia especializada, delito cibernético).
Aseveró que la prevención, protección y restitución, es corresponsabilidad entre el Estado, la sociedad y la familia, tras enfatizar que la prevención no es prohibición y se requiere de un acompañamiento adecuado y con criterio para disminuir la vulnerabilidad. Puntualizó que el control para el uso del internet es responsabiidad de la familia.
De una año acá, el sistema educativo se ha volcado a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), las que así como tienen una potencialidad impresionante, se convierten en escenarios de riesgo, principlamente para niños, niñas y adolescentes y en general para toda la población.
Consideró que el proyecto en debate es importante en la identificación y tipificación del delito; ayudará a desarrollar competencias tecnológicas para que la niñez y adolescencia puedan tener una vida digital saludable, por lo que es indispensable que mantenga directa relación con la Ley de Educación Intercultural y el nuevo Código de la Niñez.
Dentro de hostigamiento, planteó incluir el robo o suplantación de identidad en el entrono digital y endurecer la pena cuando la víctima de este delito sean niños, niñas y adolescentes.
También, propuso que en el ámbito de la violencia sexual digital, se incorpore una excepcionalidad o aclaración respecto a que en caso de niñez y adolescencia, no existe la figura de consentimiento porque hay una relación de poder, coacción, sometimiento sobre el niño, niña y adolescente. Además, al estar en un proceso de crecimiento y desarrollo, se parte del supuesto de que no necesariamente este grupo humano comprende las implicaciones y consecuencias de una determinada acción y sus consecuencias.
El presidente Serrano destacó la trascendencia que tiene la normativa para la sociedad, por lo que se ha priorizado su tratamiento, sometiéndola a la más amplia discusión y socialización.
Inquietudes
La legisladora Lourdes Cuesta sugirió hacer una clara diferenciación entre lo que sucede con niños, niñas y adolescentes, al igual que personas vulnerables, en cuyo caso jamás habrá un consentimiento para una grabación, foto, video e imagen, con respecto a ciudadanos adultos que, por ejemplo, realizan una grabación en pareja con el debido consentimiento, lo que no significa que se pueda autorizar su difusión y extorsión.
Entre tanto, el asambeísta Franklin Samaniego dijo que, ante la hiperconetividad, es clave la tipificación de los delitos informáticos y que se agraven las penas cuando se trate de afectación de derechos de la niñez y adolescencia.
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