El Pleno de la Asamblea Nacional se pronunció en torno a la objeción parcial del presidente de la República, Guillermo Lasso, al proyecto de reformas a la Ley de Seguridad Social, Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional.
Con 105 votos y 29 abstenciones, la Asamblea Nacional ratificó el artículo 1. En tal sentido, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social queda obligado a conceder las prestaciones por enfermedad, maternidad, subsidio por maternidad, seguro de desempleo, auxilio de funerales y el fondo mortuorio a todos sus asegurados que hayan cumplido las condiciones establecidas en esta Ley y los reglamentos, aún cuando sus patronos estén en mora.
El proyecto establece que el beneficiario de la pensión de retiro gozará a perpetuidad el derecho de atención médica en las unidades de salud militar y policial dependientes de las instituciones de seguridad social policial y militar. En consecuencia, el derecho de atención médica no dependerá de la nueva situación laboral del afiliado. También, otorga al Instituto de Seguridad Social de la Policía (ISSPOL) capacidad coactiva para recuperar fondos que no han sido cancelados.
Con respecto a las otras cinco objeciones no hubo votos necesarios para ratificarse en los artículos observados por el Ejecutivo.
De conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa le corresponde al Presidente de la República disponer su publicación en el Registro Oficial.
RSA/pv
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