María Dolores Miño, directora ejecutiva del Observatorio de Derechos y Justicia, en su comparecencia ante la Comisión de Justicia, defendió la competencia de la Corte Constitucional para dictar la sentencia que viabiliza la aprobación de una ley que permita la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación.
Aseveró que las sentencias que expide la Corte Constitucional tienen como objetivo garantizar la unidad y coherencia del ordenamiento jurídico a través de diferentes mecanismos, y que en este caso declaró la inconstitucionalidad parcial de un artículo del Código Orgánico Integral Penal, por discriminar a las mujeres que no tienen discapacidad mental y que han quedado embarazadas como consecuencia de una violación.
Así mismo, dijo que es fundamental trabajar en la protección integral de las víctimas y en la prevención de la violencia sexual, a fin de evitar abortos clandestinos que ponen en riesgo la salud y la vida de las personas, a la vez recordó que otros países como Colombia, Argentina y México han aprobado la terminación anticipada del embarazo.
A su vez, Mario Monteverde, médico cirujano, catedrático de Bioética en la Universidad de Guayaquil, orientador familiar por la Universidad de Navarra, manifestó que la vida humana comienza desde la concepción y continúa hasta el nacimiento y que el aborto, aún en el caso de violación, constituye la interrupción del ciclo vital.
Expresó que si bien para una familia representa una situación muy difícil el hecho que una mujer resulte embarazada producto de una violación, el ser humano en gestación no tiene la culpa de lo que hizo el agresor.
Insistió que frente a una situación de esta naturaleza hay dos posibilidades de vida: que tenga el niño y lo dé en adopción o que lo mantenga para sí. No se pude curar un embarazo inesperado con un aborto, enfatizó.
PV