El Pleno de la Asamblea Nacional se pronunció sobre objeción parcial del Ejecutivo al Código de Ambiente y al Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad). Con 131 votos afirmativos se allanó a 20 observaciones del Mandatario, porque mejoran el sentido de la norma; y, con 106 votos a favor ratificó ocho artículos aprobados por el Parlamento.
En este marco, los parlamentarios ratificaron los textos referentes a Geoparques Mundiales de la Unesco en Ecuador; prohibición de introducir especies exóticas de la fauna silvestre a territorio nacional; protección de áreas sensibles y ecosistemas frágiles; y, que los Gobiernos Autónomos Descentralizados gestionen el tema de alcantarillado desde la perspectiva sanitaria y pluvial.
Las normas a las que se allanó el Legislativo se refieren a definiciones técnicas; la simplificación de trámites; la incorporación del enfoque transversal del cambio climático; bienestar animal y buenas prácticas de investigación científica; vinculación de los bosques y vegetación protectores a los procesos de restauración, entre otros temas.
El proyecto está orientado a la conservación y remediación de ríos; mejores estándares de defensa de áreas protegidas; protección de fauna urbana, marina y exótica; inclusión del modelo de gestión de geoparques de la Unesco; regula y promueve el bienestar y la protección animal y garantiza la tutela efectiva del derecho a vivir en un ambiente sano y los derechos de la naturaleza.
El Pleno recibió en comisión general a Rodrigo Gómez de la Torre, presidente de la Cámara de Agricultura y representante de los Gremios de la Producción, quien señaló que es necesario determinar una clara diferenciación entre fauna urbana, animales de consumo y animales silvestres. Además, precisó que al entregar a los gobiernos locales competencias respecto de la producción animal destinada a la alimentación existirá normativa dispersa.
Respecto de los artículos 1, 12 y 14 que también fueron objetados, no hubo votos para ratificar, ni para aceptar las observaciones del Ejecutivo, en este caso al no considerarse la objeción, se entenderá de acuerdo a la ley, que se allanan de manera tácita en estos artículos y posteriormente pasará al Registro Oficial.
JLVN/pv
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