La reforma a la Ley de la Contraloría tiene informe favorable para primer debate en el Pleno

Sábado, 13 de noviembre del 2021 - 00:09 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
La reforma a la Ley de la Contraloría tiene informe favorable para primer debate en el Pleno

La Comisión de Justicia aprobó el informe para primer debate del proyecto de reformas a la Ley de la Contraloría, que tiene como propósito apoyar a la lucha contra la corrupción y asegurar el buen uso de los dineros del Estado. El informe hace referencia a cinco proyectos de ley que sobre la materia presentaron los legisladores Ángel Maita, Francisco Jiménez, Luis Almeida, Sofía Sánchez y Yeseña Guamaní.

Este proyecto crea herramientas legales para corregir el vacío existente en la Ley de la Contraloría General del Estado y dilucidar el encargo de esta institución del Estado, en el caso de ausencia definitiva del Contralor titular y subrogante, lo que ha generado inestabilidad en el organismo de control y nula capacidad de control, fiscalización y auditoría del Estado. También determina los requisitos para el ejercicio del cargo y causales de destitución, para evitar eventuales conflictos de intereses.

Socialización

La Comisión de Justicia previo a la elaboración del informe abrió un espacio para la socialización. Además de las observaciones y recomendaciones presentadas por los asambleístas durante el desarrollo de las distintas sesiones, también recibió a catedráticos, expertos, funcionarios públicos y exfuncionarios públicos, quienes formaron parte activa en el proceso de formación de la ley.

La propuesta

El proyecto determina que en caso de ausencia temporal de la o el Contralor General del Estado, le subrogará la o el Subcontralor. Se considerará ausencia temporal cualquier circunstancia de fuerza mayor que le impida ejercer sus funciones durante un período máximo de tres meses o por el tiempo de licencia sin remuneración autorizada por la Asamblea Nacional, que no superará los 60 días. Luego de vencidos estos plazos se considerará definitiva.

También determina que en caso de ausencia definitiva de la o el Contralor General del Estado, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social designará al siguiente mejor puntuado, en orden de prelación, del mismo concurso público de oposición y méritos con el que se designó a la primera autoridad de la Contraloría. El Contralor General del Estado designado ejercerá sus funciones de acuerdo con la presente Ley y por el tiempo restante del período en curso restante del periodo en curso.

Según el proyecto, para ejercer el cargo de Contralor se requiere ser ecuatoriano y hallarse en goce de los derechos políticos; tener título en Derecho, Contabilidad y Auditoría, Administración Pública, Economía, Ingeniería Comercial o carreras afines; certificado del Consejo Nacional Electoral de no constar en sus registros haber sido afiliado a algún partido o movimiento político en los últimos 8 años y de no haber desempeñado una dignidad de elección popular en los últimos 7 años.

También debe acreditar certificado de la Contraloría General del Estado de no tener glosas confirmadas pendientes; presentar una declaración juramentada notariada que señale que la compañía, empresa o persona jurídica privada en la cual ha sido accionista o ha desempeñado un cargo directivo o ha mantenido relación de dependencia en los últimos 7 años, no mantiene ninguna responsabilidad administrativa, responsabilidad civil culposa o presunciones de responsabilidad penal establecidas en el organismo de control, entre otros certificados.

PV

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