Ante la Comisión de Biodiversidad compareció el ministro de Recursos Naturales no Renovables, Juan Carlos Bermeo, junto a Mayra Albuja y Juan Pablo Pozo, funcionarios de esta institución, quienes explicaron el proceso de cálculo para la entrega de recursos a la Circunscripción Especial Amazónica.
El ministro Bermeo señaló que desde el año 2018 hay diferencias metodológicas de cálculo para la entrega de recursos a la región amazónica. Explicó que en 2018 se entregaron los fondos, de conformidad con lo que determinaba la Ley 010, es decir, un dólar por cada barril de petróleo extraído de la Amazonía, que equivale a US$ 187 millones.
Informó que en 2019, por aplicación de la Ley Amazónica que dispone la entrega de 2 dólares por cada barril de petróleo extraído, se entregaron US$ 378 millones; en el 2020 se aplicó el 4% del valor de cada barril de petróleo que se extrae de la Amazonía y se comercializa en el mercado externo, que en ningún caso será menor a 2 dólares, por lo que se pagaron US$ 252 millones de dólares. En el 2021, según los cálculos hasta septiembre, se entregarán US$215 millones.
De su lado, Javier Carrillo, técnico de la Conga, señaló que existen inconsistencias entre los datos entregados por el ministro y la información que se publica en la página oficial del Ministerio de Recursos Naturales no Renovables.
El presidente de la Comisión, Washington Varela, expresó que en la ley vigente se establece con claridad que también se debe tomar en cuenta la producción interna, por tanto, no se está aplicando de manera correcta la ley.
Por su parte, la legisladora Vanessa Álava consultó si el Ministerio tomó en cuenta el impacto ambiental y la protección de fauna y flora, a lo que Bermeo respondió que de acuerdo con los planes de desarrollo se utilizan las mejores prácticas internacionales para la extracción y explotación de recursos naturales, en este caso de petróleo, para atender las necesidades insatisfechas de la región y cuidar el medio ambiente.
El asambleísta Juan Cristóbal Lloret mencionó que existen dudas con respecto a las diferencias en los valores de volumen de barriles extraídos de la región oriental, conforme los datos expuestos por la Cartera de Estado y lo que se publica en la página oficial de esta institución. Dijo que para evitar discrecionalidades se debe cumplir la Ley Amazónica, específicamente el artículo 60, que determina con claridad que el cálculo se realizará sobre la totalidad de barriles que se extraigan de la Amazonía, sin considerar si se comercialicen en el mercado interno o externo.
Los parlamentarios demandaron la necesidad de respetar las normas de la ley para la asignación de rentas para las provincias de la Amazonía.
JLVN/pv