Comisión aprobó texto final del proyecto urgente para votación en el Pleno

Viernes, 26 de noviembre del 2021 - 14:22 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión aprobó texto final del proyecto urgente para votación en el Pleno

La Comisión de Desarrollo Económico aprobó con 6 votos a favor el texto final del proyecto de Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia Covid-19, mismo que será puesto a consideración del Pleno de la Asamblea Nacional.

La propuesta está centrada en tres libros con los siguientes ejes: contribución especial única a grandes patrimonios (2022-2023); régimen temporal para activos en el exterior; y, cambios a 18 cuerpos legales.

La Comisión de Desarrollo Económico efectúo cambios al informe para segundo debate que fue tratado en el Pleno de la Asamblea Nacional, donde se receptaron 25 observaciones de legisladores de distintas bancadas políticas, las cuales fueron analizadas en la mesa legislativa.

El asambleísta Francisco Jiménez, ponente del proyecto, explicó los 20 cambios que se incorporaron en el texto final del proyecto que será puesto en conocimiento del Pleno para su votación. En este marco, señaló que se acoge el criterio para elevar las tarifas del régimen impositivo para la regulación de activos en el exterior.

Explicó que en el artículo 44 se acoge el criterio de progresividad para la determinación del Impuesto a la Renta Único a la utilidad en la enajenación de acciones provenientes de sociedades domiciliadas en territorio ecuatoriano. En el artículo 51 se cambia el método de deducción para convertirlos en crédito tributario. Para evitar especulaciones sobre beneficios injustos se incorpora la exclusión de las rentas provenientes de paraísos fiscales.

Se reemplaza el numeral 4 del artículo 53 del informe para segundo debate por el cual se suprime el literal e) del numeral 9, sobre la eliminación del pago de IVA en venta de pañales, ya que limitaría la capacidad de descontar el IVA pagado en la cadena productiva, perjudicando la rentabilidad de empresas nacionales y la estabilidad de sus trabajadores.

En el artículo 62, numeral 4, se contempla una baja en las tasas de ICE a las bebidas alcohólicas; se elimina del artículo 62, el numeral 5, que modifica la tabla del Grupo V “Tarifa Específica”, para las tarifas del ICE, con la finalidad de que se mantenga la tabla como está actualmente sobre bebidas azucaradas.

En el artículo 118, respecto del plazo de vigencia de los contratos de operación turística de Galápagos, se acoge el criterio de que la renovación de los contratos será por un período de 10 años con posibilidad de renovación automática por 10 años más y la posibilidad de optar por otra renovación del contrato.

Se sustituye el artículo 132. Prevé que para reducir la brecha digital y garantizar el servicio universal y la modernización del Estado a través del crecimiento tecnológico, los prestadores de servicios de telecomunicaciones y/o servicios de suscripción, podrán pagar hasta el 50% de los valores correspondientes a tarifas de uso del espectro radioeléctrico.

También se modifica el artículo 27 del informe relacionado con la confidencialidad de la información, con el fin de aumentar transparencia. Se conserva la reserva para la información proporcionada en la declaración juramentada.

JLVN/pv

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COMISIÓN DESARROLLO ECONÓMICO. ECUADOR 26 DE NOVIEMBRE DE 2021.

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