Este miércoles 1 de diciembre, la Comisión de Enmiendas Constitucionales escuchó las observaciones de expertos en materia constitucional respecto del proyecto de enmiendas presentado por el exasambleísta Héctor Muñoz. La propuesta plantea enmendar el artículo 138 de la Constitución relativo al mecanismo para resolver la objeción parcial del Ejecutivo a los proyectos de ley.
Andrés Martínez Moscoso, catedrático de la Universidad San Francisco de Quito y especialista en derecho constitucional, indicó que en caso de veto parcial la Asamblea tiene la opción de allanarse, pero también podría ratificar el texto original con una mayoría calificada.
Explicó que según la normativa vigente para la aprobación de una ley se requiere el voto de la mayoría absoluta (70 votos), mientras que para ratificar una norma materia de la objeción se exige las dos terceras partes de los miembros (91 votos).
Así mismo, Valeria Noboa Jaramillo, directora de Jurisprudencia de la Universidad SEK, manifestó que sus aportes van desde un enfoque multidisciplinario y del ámbito constitucional tomando en cuenta la intencionalidad de esta propuesta de enmienda.
En este sentido, Pablo Alarcón, catedrático y especialista en Derecho Internacional, explicó que la disposición que exige el voto de las dos terceras partes de la Asamblea para ratificar un texto vetado es una tradición constitucional desde 1979 e incluso de Constituciones anteriores. Sin embargo, sostuvo que esta figura constitucional debería servir para hacer una evaluación crítica y propositiva para medir su nivel de eficacia.
Finalmente, el asambleísta Francisco Jiménez, presidente de la Comisión, resaltó la importancia de los aportes de los expertos.
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