Comisión de Régimen Económico analiza objeción al proyecto que evita cobros indebidos en el sistema financiero nacional

Lunes, 17 de enero del 2022 - 15:29 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión de Régimen Económico analiza objeción al proyecto que evita cobros indebidos en el sistema financiero nacional

La Comisión de Régimen Económico inició el estudio de la objeción parcial del presidente de la República, Guillermo Lasso, al proyecto de Ley para Defender los Derechos de los Clientes del Sistema Financiero Nacional y Evitar Cobros Indebidos y Servicios No Solicitados.

Una vez que la Comisión avocó conocimiento del pronunciamiento del Ejecutivo el equipo asesor de la mesa legislativa y sus integrantes revisará cada una de las 15 observaciones, criterios que servirá para elaborar el borrador de informe no vinculante.

Con estos insumos, la Comisión se volverá a reunir el viernes en horas de la mañana y espera aprobar el informe hasta el sábado, día en que concluye el plazo que tiene para aprobar el informe no vinculante que pasará a conocimiento del Pleno de la Asamblea Nacional.

El Presidente de la República, entre sus observaciones, sostiene que se debe evitar conflictos de competencia entre las Juntas Monetaria y Financiera, así como, precautelar la seguridad jurídica del sistema financiero, por ello propone establecer el sistema de tasas de interés, conforme prevé el artículo 130 del Código Monetario, para que las operaciones activas y pasivas del sistema financiero nacional y las demás tasas de interés requeridas por la ley, promuevan el desarrollo de crédito prudente: niveles de capital mínimo, patrimonio técnico y ponderaciones por riesgo de los activos, su composición, forma de cálculo y modificaciones.

También propone que los controles brindados a través de canales electrónicos sean de acuerdo con el estado de la técnica y reformular lo relacionado con las medidas de seguridad, con la finalidad de delimitar correctamente la responsabilidad de cada parte.

La objeción se refiere, además, a la necesidad de fomentar el uso de medios de pago electrónicos, telemáticos o similares, implementados en el sistema financiero nacional. En el artículo 8, referente a la irrenunciabilidad de derechos y el principio pro-persona en caso de duda sobre aplicación del Código, el Ejecutivo modifica su redacción para aclarar su alcance, en especial respecto de su relación con la solución amistosa de las eventuales controversias y el rol de los defensores del cliente para alcanzar soluciones expeditas en lugar de promover la litigiosidad.

Otras observaciones se refieren a los artículos 15 y 16 respecto de cargos por servicios financieros y no financieros mientras que en el artículo 18 agrega que los servicios de atención al cliente serán prestados de manera gratuita, estarán dotados de los medios humanos, materiales, técnicos, tecnológicos y organizativos adecuados para el cumplimiento de sus funciones, contarán con personal con conocimiento adecuado de la normativa sobre transparencia y protección de los usuarios y/o clientes del sistema financiero nacional.

PV-JLVN

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