La Comisión de Transparencia y Participación Ciudadana resolvió con ocho votos a favor, iniciar el Proceso Documental y de Fiscalización, conforme a los artículos 75 y 76 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), en contra del ministro de Transporte y Obras Públicas, Marcelo Cabrera.
Este proceso se realiza por el incumplimiento en la atención al pedido de información por parte del ministro Cabrera al asambleísta Rodrigo Fajardo, quien le solicitó el pasado 7 de diciembre de 2021 información sobre el financiamiento, construcción, operación y mantenimiento que se ha realizado en la etapa emergente, de la carretera Cuenca - Molleturo, sin tener una respuesta favorable.
El 21 de enero de 2022, el Consejo de la Administración Legislativa (CAL) remitió el proceso a esa Comisión para el trámite correspondiente.
La Comisión requerirá nuevamente al funcionario que conteste el pedido de información en el plazo de cinco días. De no hacerlo o de considerarlo pertinente la Comisión, en 10 días, solicitará la comparecencia de este funcionario.
Según el artículo 76 de la LOFL, transcurrido este proceso y si la Comisión considera que la respuesta del funcionario es satisfactoria podrá, con la mayoría absoluta de sus miembros, archivar la petición, o, por el contrario, con la mayoría de sus miembros, solicitar a la Presidenta de la Asamblea Nacional el inicio del juicio político correspondiente.
Regulación del lobby y prevención de conflictos de interés
El experto peruano Manuel Bermúdez brindó sus aportes al informe para primer debate de los proyectos de Ley de Regulación del lobby y prevención de conflictos de interés.
Bermúdez, que es docente de la Universidad Nacional Mayor San Marcos, señaló que las normas sobre gestión de intereses deben basarse en los principios de legalidad, taxatividad, constitucionalidad y eficiencia de la norma.
A su criterio, las disposiciones actualmente tienen una tolerancia en caso de conflictos de intereses. Por ello, dijo que se deben imponer sanciones de carácter administrativo, civil y penal que condicionan el destino profesional, personal y económico del funcionario público, de forma permanente o temporal. “La legislación administrativa no establece muchas condiciones negativas hacia estos personajes, las reglas penales, como la privación de libertad, no les asignan responsabilidades, entre ellas devolución pecuniaria, porque no tiene un deber o vinculación con el Estado”. resaltó.
Además, afirmó que todas las normas deben enfatizar en los actores, mecanismos de coordinación de gestión. A su criterio, toda normativa sobre estos temas no establece el modo en el que el Estado anticipa a terceros las reglas de sanciones en caso de suscitarse un conflicto de interés.
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