La Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social, en cumplimiento de lo dispuesto por el Pleno de la Asamblea Nacional, recibió a Fausto Murillo, presidente (e) del Consejo de la Judicatura, para que aclare y amplíe el contenido del informe labores de la institución a la que representa y responda los cuestionamientos de los asambleístas.
Fausto Murillo afirmó que la gestión se basa en la capacitación, integración, diálogo, seguimiento y control de la política abierta, tomando en cuenta la necesidad de transparentar el trabajo de la Función Judicial mediante el uso de tecnologías de la información.
Además, propiciar espacios y mecanismos de colaboración, alianzas y deberes para el trabajo colaborativo con distintos actores sociales en la implementación y evaluación del control social de los procesos y política de justicia abierta.
Indicó que son 39 unidades judiciales especializadas que cuentan con 110 jueces y juezas, que se encuentran ubicadas en las cabeceras cantonales en las que se requiere contar con servicio especializado.
La asambleísta Nathalie Viteri preguntó cuántas acciones de protección han sido interpuestas en los concursos para la selección y designación de jueces y conjueces de la Corte Nacional llevados a cabo por el Consejo de la Judicatura.
Así mismo, el legislador Ricardo Ulcuango sostuvo que el artículo 161 de la Constitución garantiza a las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador ejercer sus funciones de administración de justicia bajo el parámetro tradicional y ancestral.
En otro orden, la mesa legislativa avocó conocimiento de la disposición del Consejo de Administración Legislativa se sustanciar las acciones ante el incumplimiento en la entrega de información por parte de la Dirección del Hospital Marco Vinicio Iza, requerida por el asambleísta Augusto Guamán Rivera.
En este sentido, Ferdinan Álvarez, presidente de la comisión, expresó que la directora de un hospital está sujeta al mando de la Ministra de Salud Pública. Sin embargo, se llevará adelante el proceso previsto en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, cuando una autoridad no entrega la información requerida por los legisladores.
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