La Ley Orgánica para Defender los Derechos de los Clientes del Sistema Financiero Nacional y Evitar Cobros Indebidos y Servicios No Solicitados, aprobada por la Asamblea Nacional, se encuentra en plena vigencia una vez que se publicó en el Suplemento del Registro Oficial No. 1.
Esta ley dispone a las instituciones financieras realizar estrictos controles sobre los servicios que brinden a través de la banca electrónica y demás canales electrónicos e implementen seguridades adecuadas y suficientes para precautelar los recursos de los usuarios y/o clientes.
Este cuerpo normativo, que reforma el Código Monetario y Financiero, la Ley de Defensa del Consumidor y la Ley de Telecomunicaciones, ordena a las instituciones financieras que pongan en conocimiento de sus usuarios y/o clientes las medidas de seguridad que aplicarán con relación al uso de claves y contraseñas.
Las instituciones financieras deberán remitir a la Asamblea Nacional un informe de rendición de cuentas durante el primer trimestre de cada año respecto al ejercicio económico anterior, en el que describirán el estado general del sistema financiero nacional, así como los resultados del control y la defensa de los derechos de los usuarios y/o clientes.
Además, fomenta el uso de medios de pago electrónicos, telemáticos o similares, implementados por el sistema financiero nacional, tendiendo a la reducción de los costos por los servicios que prestan las entidades.
En el caso de servicios no financieros prestados por terceros, las entidades deberán proporcionar la información relacionada con el proceso de cobro o cargo, mientras que los usuarios tienen derecho a elegir con plena libertad productos y servicios, financieros y no financieros, en función de los precios, tarifas, gastos, costos, así como los beneficios existentes y a suscribir instrumentos, sin ser presionados, coaccionados o inducidos.
La Superintendencia de Bancos efectuará la vigilancia, auditoría, intervención, control y supervisión de las actividades financieras que ejercen las entidades públicas y privadas del sistema financiero nacional para que atiendan el interés general, evitar, prevenir y desincentivar prácticas fraudulentas y prohibidas, con el fin de proteger los derechos de los usuarios o clientes.
El usuario o cliente del sistema financiero tiene derecho a dirigir reclamos y peticiones individuales ante cualquier agencia o sucursal de la respetiva entidad financiera, órgano de control o defensor del cliente y a recibir respuestas motivadas y con firma de responsabilidad.
El consumidor tiene derecho a devolver o cambiar un bien o a suspender, cambiar o modificar un servicio cuando no se encuentra satisfecho o no cumple sus expectativas.
En materia de telefonía garantiza que los minutos de llamadas, mensajes de texto y megas de datos no utilizados en el período de facturación en curso incluidos en el plan contratado se acumulen para el siguiente período de facturación.
PV