Proyecto de reformas a la Ley de la Contraloría tiene informe favorable para segundo debate

Miércoles, 16 de febrero del 2022 - 22:42 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Proyecto de reformas a la Ley de la Contraloría tiene informe favorable para segundo debate

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado aprobó, con nueve votos afirmativos, el informe para segundo debate del proyecto de reformas a la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, que tiene como objetivo superar los vacíos de la norma y enfrentar los problemas que vive la institución.

El presidente de la mesa legislativa, Alejandro Jaramillo destacó la importancia de este cuerpo normativo, pues evitará que la Contraloría se quede en acefalía e impedirá que un Contralor pueda despachar desde un centro de privación de libertad, como sucedió meses atrás.

El informe recoge las propuestas de cinco proyectos reformatorios e interpretativos a los artículos 32 y 33 de la Ley de la Contraloría General del Estado, presentados por los legisladores Ángel Maita, Francisco Jiménez, Luis Almeida, Sofía Sánchez, Gissella Molina y Yeseña Guamaní, los mismos que fueron unificados, debido a que se refieren a una misma materia.

Con este proyecto se busca incluir las causales de cesación del cargo de Contralor General del Estado tales como muerte, renuncia aceptada por la Asamblea Nacional, destitución mediante juicio político, ausencia definitiva o abandono del cargo.

También determina los requisitos mínimos requeridos para la designación del mismo, como son: certificado del Consejo Nacional Electoral de no constar en sus registros haber sido afiliado a algún partido o movimiento político en los últimos 8 años y de no haber desempeñado una dignidad de elección popular en los últimos 7 años; certificado de la Contraloría de no tener glosas confirmadas pendientes; declaración juramentada notariada que señale que la compañía, empresa o persona jurídica privada en la cual ha sido accionista o ha desempeñado un cargo directivo o ha mantenido relación de dependencia en los últimos 7 años no mantiene ninguna responsabilidad administrativa o responsabilidad civil culposa, o presunciones de responsabilidad penal establecidas en el organismo de control.

Además, dispone que en caso de ausencia temporal del Contralor General del Estado, lo subrogará la o el Subcontralor General del Estado. Se considerará ausencia temporal cualquier circunstancia de fuerza mayor que le impida ejercer sus funciones durante un período máximo de tres meses o por el tiempo de licencia sin remuneración autorizada por la Asamblea Nacional, que no superará los 60 días. Luego de vencidos estos plazos se considerará ausencia definitiva.

En caso de ausencia definitiva del Contralor General del Estado, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social designará como Contralor General del Estado al siguiente mejor puntuado, en orden de prelación, del mismo concurso público de oposición y méritos con el que se designó a la primera autoridad de la Contraloría General del Estado.

El Contralor General del Estado designado ejercerá sus funciones de acuerdo con la presente Ley y por el tiempo que queda del periodo hasta que se realice el nuevo concurso. En caso de que el segundo puntuado se encontrare incurso en una de las inhabilidades para ejercer cargo público, establecidas en la Ley Orgánica de Servicio Público y en esta ley, se designará al tercer mejor puntuado y así sucesivamente, hasta que sea reemplazado legalmente.

La reforma va en el camino de garantizar un cambio profundo y transparencia en la Contraloría, por el bien del país, destacaron los parlamentarios.

PV

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COMISIÓN DE JUSTICIA Y ESTRUCTURA DEL ESTADO, (PRESENCIAL). ECUADOR, 16 DE FEBRERO DEL 2022.

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