Ante la Comisión de Garantías Constitucionales compareció José Medina, subsecretario de Generación y Transmisión de Energía Eléctrica del Ministerio de Recursos Naturales no Renovables, con el propósito de exponer sus criterios sobre el proyecto de reformas a la Ley 047 que establece rentas en favor de las provincias de Azuay, Cañar, Morona Santiago y Tungurahua por venta de energía eléctrica.
El funcionario recordó que esta ley data de 1990, la cual dispone la entrega de asignaciones equivalentes al 5% de la facturación por la venta de energía generada por las centrales hidroeléctricas, ubicadas en las provincias de Azuay, Cañar, Morona Santiago y Tungurahua, limitándose a las centrales de generación Paute, Pisayambo y Agoyán.
Medina manifestó que CELEC - EP es la propietaria de las centrales hidroeléctricas en referencia y, en consecuencia, es la empresa que elabora las facturas, situación que debe ser considerada en el proyecto.
Explicó que, si bien a la fecha de expedición de la ley el país solo tenía las tres centrales hidroeléctricas en referencia, en la actualidad existen otras, por lo que recomendó incluir a todas las centrales de generación que se encuentran en las provincias antes mencionadas.
Por último, aclaró que CELEC-EP no es la responsable de las asignaciones del presupuesto, pues de ello se encarga el Ministerio de Finanzas, luego de recibir la información respecto del monto de la facturación por generación eléctrica.
El presidente de la comisión, Fernando Cabascango aseveró que la información será debidamente evaluada y que de ser necesario solicitarán nuevos informes por escrito.
PV
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