Asambleísta Paola Cabezas propone reformar el Código Monetario y Financiero

Miércoles, 13 de abril del 2022 - 22:31 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Asambleísta Paola Cabezas propone reformar el Código Monetario y Financiero

Que la información de riesgo crediticio no tenga una antigüedad mayor a 3 años, contados a partir de la última fecha de vigencia de la operación de crédito y que los reportes de información crediticia hagan referencia únicamente a las operaciones vigentes, vencidas o canceladas del último año anterior a la fecha de su expedición, propuso la legisladora Paola Cabezas, a través de un proyecto de reformas al Código Monetario y Financiero.

La asambleísta destacó la necesidad de crear normas para que la ciudadanía económica y financieramente activa, pueda acceder a créditos para ejecutar sus emprendimientos y tenga flexibilidad ante el sistema financiero al momento de solicitar un crédito, objetivo que se plantea con este proyecto de ley.

Recordó que la Constitución reconoce un régimen de desarrollo económico que garantice condiciones de eficiencia, competitividad, productividad y justicia para las ecuatorianas y ecuatorianos y que uno de los objetivos principales de la política económica es construir un sistema económico justo, democrático, productivo, solidario y sostenible, basado en la distribución equitativa de los beneficios de desarrollo, de los medios de producción y la generación de trabajo digno y estable.

El proyecto determina que las operaciones crediticias mantenidas por personas naturales o jurídicas en el sistema financiero público y privado que se estén vencidas a la fecha de vigencia de esta y cuyos valores vencidos sean cancelados en el término de 120 días, no podrán ser incluidas en el reporte crediticio ni consideradas para el cálculo del score genérico por parte del Registro o Buró de Información Crediticia que se encuentre en funcionamiento.

Igual tratamiento se dará a las operaciones crediticias que se hubieran encontrado vencidas hasta 24 meses anteriores a la vigencia de la ley y cuyos valores vencidos hubiesen sido cancelados en dicho período de tiempo. No obstante, lo anterior, si la persona natural o jurídica volviera a presentar valores vencidos en dichas operaciones, el historial completo de las mismas se mostrará nuevamente en el reporte crediticio y serán consideradas para el cálculo del score genérico.

También dispone a la Superintendencia de Bancos que en el término de treinta (30) días expida la normativa secundaria pertinente para la aplicación de esta normativa.

PV

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador