Expediente de proceso de juicio político contra el Procurador regresa a la Comisión de Fiscalización

Jueves, 21 de abril del 2022 - 16:08 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Expediente de proceso de juicio político contra el Procurador regresa a la Comisión de Fiscalización

El Pleno de la Asamblea Nacional decidió con 92 votos afirmativos, 28 negativos y 14 abstenciones, devolver el expediente del enjuiciamiento político contra el Procurador General del Estado, Iñigo Salvador, a la Comisión de Fiscalización y Control Político, a fin de que en el marco de sus competencias verifiquen, conforme lo señala el primer inciso del artículo 81 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), que se cumplen los requisitos del artículo 131 de la Constitución de la República, caso contrario la archivará.

En el documento resolutivo propuesto por la legisladora María Gabriela Molina, el Pleno reiteró el respeto a la independencia de las Funciones del Estado, a fin de que cada una actúe en el marco de sus competencias. Además, apoyó las actuaciones de los asambleístas, enmarcadas en el ordenamiento jurídico, en especial de su facultad fiscalizadora que prevé la posibilidad de respaldar solicitudes de enjuiciamiento político, sin excluir de ello a los miembros de la Comisión de Fiscalización y Control Político.

Cabe recordar que el Pleno de la Asamblea Nacional, en la sesión de 5 de abril, conoció y analizó el memorando Nro. AN-CFCP-2022-0083-M, remitido por la Comisión de Fiscalización y Control Político, en el que se informa que no alcanzó la votación requerida para avocar conocimiento de la solicitud de juicio político propuesto por el legislador Ferdinan Álvarez, en contra del procurador General del Estado, Íñigo Salvador, por incumplimiento de funciones.

La decisión de la Comisión de Fiscalización se enmarcó en lo previsto en el artículo 142, inciso 6º, de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), que determina: “Si en las comisiones especializadas permanentes y ocasionales no se alcanza la votación requerida en el trámite de proyectos de ley y procedimientos de fiscalización, fenecido el plazo de ley, estos pasarán a conocimiento del Pleno de la Asamblea Nacional para la correspondiente resolución, sin perjuicio de las sanciones que por incumplimiento de plazos corresponda a los miembros de la comisión, de conformidad con esta Ley”.

RSA/pv

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