Proponen proyecto de ley para normar las consultas previa, libre e informada, ambiental, legislativa y popular

Miércoles, 11 de mayo del 2022 - 15:53 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Proponen proyecto de ley para normar las consultas previa, libre e informada, ambiental, legislativa y popular

Los asambleístas José Chimbo, Salvador Quishpe, Efrén Calapucha, Sofía Sánchez y Peter Calo, junto al Defensor del Pueblo, César Córdova, presentaron en la Asamblea Nacional el proyecto de Código Orgánico de Consultas Previa, Libre e Informada, Ambiental y Legislativa, que regula el procedimiento para la convocatoria, organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de las consultas previa; así como promover la participación ciudadana.

Esta propuesta tiene como finalidad garantizar la participación de manera directa y activa de la ciudadanía, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianos y montuvios, a través de un proceso inclusivo, transparente, adecuado y obligatorio que garantice el efectivo ejercicio de sus derechos y de ser el caso alcanzar su consentimiento para realizar cualquier actividad que pueda generar impacto ambiental, social, cultural o de la naturaleza, así como obtener su consentimiento respecto de cualquier medida legislativa o administrativa, que podrían afectar los derechos colectivos.

Según el proyecto, las consultas previa, libre e informada, ambiental, legislativa y/o popular serán de obligatorio cumplimiento y observancia en relación a toda actividad que pueda afectar ambiental, social o culturalmente a los ciudadanos, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montuvias, y comunidades en general.

También determina que las autoridades competentes no podrán desarrollar planes y programas si no se obtuviese el consentimiento de la comunidad consultada.

La propuesta normativa prevé que la consulta previa libre e informada deberá ser anterior a cualquier medida, decisión o actividad que genere afectación ambiental, social o cultural a las comunas, comunidades pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montuvias, a fin de que los sujetos implicados tengan el tiempo suficiente para analizar y tomar una decisión.

La consulta ambiental, en cambio, es el derecho que tiene la comunidad a ser consultada respecto a toda decisión o autorización del Estado que afecte directamente al medio ambiente de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias, mientras que la consulta de medio legislativo o administrativa es el mecanismo de participación ciudadana respecto de los actos legislativos de carácter nacional, provincial o cantonal, que vulneren, limiten o puedan afectar derechos colectivos.

También, define a la consulta popular como el mecanismo de participación ciudadana que sirve para ejercer el derecho constitucional para votar en torno a temas de trascendencia nacional, provincial, cantonal o parroquial de manera que su voluntad vinculante se tome en cuenta en el debate y las decisiones que adopten los órganos representativos del Estado.

PV

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PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DE CÓDIGO ORGÁNICO DE CONSULTAS PREVIA, LIBRE E INFORMADA, AMBIENTAL Y LEGISLATIVA. ECUADOR 11 MAYO 2022.-

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