La Comisión del Derecho de Trabajo y Seguridad Social aprobó el informe para primer debate de las iniciativas legislativas relacionadas con el régimen de trabajo autónomo y semiautónomo, que regulan las actividades de este importante sector productivo que actualmente no cuentan con una normativa que garantice el ejercicio pleno de su derecho al trabajo.
Previamente, el organismo escuchó a representantes de la Asociación de Trabajadores Autónomos de Pichincha; de la Confederación Unitaria de Trabajadores Autónomos del Ecuador; y del Observatorio de Arquitectura en Ciudad, Tecnología y Sustentabilidad de la Universidad Central del Ecuador, quienes expresaron la necesidad de dictar una ley que reconozca esta clase de actividades productivas en el espectro laboral y les garantice todos sus derechos.
Así mismo, por unanimidad de sus integrantes (nueve), la comisión resolvió exhortar al presidente de la Asamblea Nacional, Virgilio Saquicela Espinoza, incluya en la agenda del Pleno el conocimiento del proyecto de Ley de Defensa del Trabajador Autónomo y Comerciante Minorista, que fue vetado por el Ejecutivo en marzo de 2011, a fin de que, en un solo debate, se pronuncie por su aprobación y posterior publicación en el Registro Oficial, al tenor de lo dispuesto en el artículo 138 de la Constitución de la República.
Seguridad Social de Fuerzas Armadas
La mesa recibió al director del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA), Frank Landázuri, con el propósito de aclarar sobre los supuestos cobros ilegales de aportaciones a los jubilados y pensionistas de la entidad, cuya devolución reclaman. Explicó que con la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 94 de la Ley de Seguridad Social, el ISSFA ya no retiene el valor correspondiente al aporte de los jubilados pero no se puede devolver los recursos recaudados con anterioridad porque esos fondos fueron utilizados en el objeto establecido, es decir, financiar las prestaciones.
Más allá del cumplimiento irrestricto de la sentencia de la Corte Constitucional, el Director del ISSFA consideró que la decisión del máximo órgano constitucional perjudica la sostenibilidad del sistema de seguridad social, porque esas aportaciones tenían como destino atender los requerimientos de los propios asegurados, en este caso, los jubilados de la entidad.
Cálculo de pensiones
De otro lado, la Comisión recibió a los vocales del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social por los Trabajadores, Luis Clavijo y por los Empleadores, César Rodríguez, así como al director de Prestaciones, José Antonio Martínez. Ellos explicaron cómo opera la mecánica para el cálculo de las pensiones jubilares.
Indicaron que actualmente se aplica una media aritmética, cuyo resultado es más equitativo, dado que la norma establece que la pensión se calculará sobre la base de las cinco mejores remuneraciones, no las cinco últimas remuneraciones. Añadieron que había una distorsión en este campo, ya que en muchos casos personas que aportaron 30 años con montos bajos, los cinco o tres últimos años tenían un mejor ingreso y esto incidía en una pensión mayor a la real. Ahora, el sistema que se aplica hace justicia con el trabajador, dijeron.
Sobre la reforma al artículo 28 de la Ley en torno a la selección de los representantes del Ejecutivo, de los trabajadores y los empleadores, mostraron su coincidencia en la necesidad de contar con una norma que permita la alternabilidad en la representación y, de ser posible, la rotación de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
EG/pv
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