Los gobiernos parroquiales de las provincias beneficiarias de esta ley, a través de sus representantes plantearon ante la Comisión de Garantías Constitucionales las razones por las cuales los recursos que antiguamente eran asignados al CREA, deben asignarse a las juntas parroquiales rurales.
Cada uno de los dirigentes del Consejo de Gobiernos Parroquiales de la Zona 6, expresaron la necesidad de que la Ley 047 incluya a las juntas parroquiales como receptores directos de los recursos que corresponden al 5% de la venta de energía generada en las centrales hidroeléctricas de Paute, Pisayambo y Agoyán.
Argumentaron que los recursos que reciben por parte del Gobierno Central son muy escasos; que la ayuda de las prefecturas tampoco permite cubrir todo el territorio de las provincias y que con la desaparición del CREA, los proyectos de infraestructura y protección de las cuencas hídricas han dejado de hacerse.
Pidieron también que no se limite el uso de estos recursos, para que sean ocupados en fortalecer el talento humano de las parroquias con técnicos, que puedan realizar proyectos específicos para atender las necesidades del sector rural.
Por su parte, el representante de la Prefectura de Chimborazo presentó argumentos técnicos, por los cuales considera que deberían ser incluidos entre las provincias beneficiarias de la Ley 047. Destacó que el aporte de los ríos de la provincia a las cuencas hídricas en algunos casos es de mas del 38%. Añadió que la conservación de páramos juega un rol importante en el proceso de generación energética y que estos recursos serian dirigidos fortalecer los proyectos de protección de estos ecosistemas.
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