Reformatoria para la revocatoria del mandato a las autoridades de elección popular, será tratada el jueves por el Pleno

Martes, 24 de julio del 2012 - 20:33 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero Cueva, citó a los asambleístas a la sesión 178, para el jueves 26 de julio de 2012, a partir de las 11h00, con el propósito de tratar en primer debate el proyecto de Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana para la regulación de la revocatoria del mandato a las autoridades de elección popular.

En la agenda también consta el primer debate del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Creación del Cantón la Concordia y a la Ley de Creación de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas.

 

Revocatoria del mandato

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado, en su informe señala que la propuesta del asambleísta Henry Cuji tiene como propósito preservar la revocatoria como instrumento eficaz de democracia directa; mejorar y completar las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana; y, proporcionar un medio eficaz de que la revocatoria se enmarque en un procedimiento claro y con garantías mínimas.

En este sentido la reforma propone que las y los electores podrán revocar democráticamente el mandato a las autoridades de elección popular por alguna de las siguientes razones: incumplimiento o abandono del plan o programa de trabajo; sentencia condenatoria ejecutoriada por infracciones penales de peculado, enriquecimiento ilícito, cohecho, concusión, genocidio o lesa humanidad e incumplimiento del pago de pensiones alimenticias.

La solicitud de revocatoria del mandato solamente podrá presentarse una vez cumplido el primer año de gestión y antes del último. Durante el período de gestión de una autoridad podrá realizarse solo un proceso de revocatoria del mandato. Podrán presentar esta solicitud las electoras y electores que estén empadronados en la circunscripción respectiva de la autoridad a la que se pretende revocar el mandato, según el proyecto.

Una persona o sujeto político podrá presentar por una sola vez una solicitud de revocatoria del mandato por cada autoridad de elección popular.

La Concordia

En el informe del proyecto de reformas a la Ley de creación del cantón La Concordia, preparado por la Comisión de Gobiernos Autónomos, se recuerda que con la expedición de la ley se establecieron los límites de dicho cantón y su pertenencia a la provincia de Esmeraldas; sin embargo, en consulta popular efectuada el 5 de febrero de 2012, el 64% de electores de ese cantón manifestó mayoritariamente su voluntad de pertenecer a la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas.

Por lo expuesto, se argumenta que el pronunciamiento popular, es obligatorio y de inmediato cumplimiento, por lo que se torna indispensable reformar no solo la Ley de Creación del cantón La Concordia, en cuanto a la nueva pertenencia provincial del cantón, sino también la Ley de Creación de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, en que se excluía expresamente a La Concordia de los límites de la nueva provincia.

El proyecto de ley en mención contiene 3 artículos, una disposición general, tres transitorias y una final.

RSA/pv

 

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador