La denuncia presentada por la legisladora Johanna Ortiz corresponde a una presunta violación del numeral 4 del artículo 163 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, relacionado con las prohibiciones a los y las asambleístas, en el que habría incurrido Guadalupe Llori.
El articulo 163, numeral 4 detalla que las y los asambleístas no podrán percibir dietas u otros ingresos de fondos públicos que no sean los correspondientes a su función de asambleístas; que incluirá la recepción de supuestos derechos, comisiones, cuotas, aportes, contribuciones, rentas, intereses, remuneraciones o gratificaciones no debidas por parte del equipo de trabajo a su cargo.
El asambleísta Fredy Rojas presentó una moción para avocar conocimiento de la denuncia calificada por el Consejo de Administración Legislativa y notificar, dentro de un plazo de tres días, a la parte denunciante para que presente las pruebas de cargo, de igual forma a la asambleísta investigada para que pueda ejercer su derecho a la defensa y presente sus pruebas de descargo, dentro de los siguientes diez días, contados desde que recibió la notificación.
La moción fue aprobada con 4 votos afirmativos, sin registrarse votos negativos o abstenciones.
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