La Comisión de la Niñez aprobó varios artículos referentes a los grupos de adopción prioritaria y prohibición de adopciones, que forman parte del Libro II del proyecto de Código Orgánico de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.
En este sentido, se consensuó que estos grupos de adopción prioritaria son los siguientes: la niña, niño o adolescente que sufra enfermedad catastrófica, rara huérfana o de alta complejidad, discapacidad; los grupos de hermanos y hermanas; las niñas o niños mayores de cuatro años y los adolescentes, y que vienen de un historial social y familiar de mayor vulnerabilidad que puedan acarrear consecuencias futuras en su desarrollo integral.
También, se analizaron las consecuencias jurídicas del incumplimiento de obligaciones de las y los adoptantes, que asumirán íntegramente los compromisos de la patria potestad. En caso de que abandonen, entreguen o trasladen a la niña, niño o adolescentes o persona con sentencia de declaratoria de adoptabilidad a una entidad de atención de acogimiento, responderán por un delito de abandono.
En este sentido, el vicepresidente de la mesa legislativa Lenin Mera destacó la importancia de establecer con claridad las normas para garantizar los derechos de los niños y adolescentes en materia de protección y alimentación.
HC/pv
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