El proyecto tiene como objetivo viabilizar la norma constitucional que obliga al Estado a adoptar las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, con discapacidad y contra toda persona en situación de desventaja o vulnerabilidad y sancionar la violencia, la esclavitud y la explotación sexual.
Alejando Jaramillo informó que esta propuesta fue elaborada conjuntamente con la Asociación de Abogadas Feministas del Ecuador e hizo un llamado a los legisladores a presentar sus observaciones para enriquecer esta propuesta y asegurar la prevención y combate a la violencia contra la mujer y otras personas vulnerables.
Los parlamentarios, en su propuesta, explican que, según datos de la Fiscalía General del Estado, en el año 2021 hubo un total de 35.429 denuncias y, hasta marzo de 2022 se presentaron 9.681 denuncias por maltrato físico, sexual y psicológico en contra de la mujer o un miembro de la familia (los hijos).
Así mismo, indican que el mayor número de denuncias se refieren a violencia psicológica, pues en 2021 hubo 30.631 denuncias a nivel nacional, mientras que el ECU911 recibió 94.705 llamadas de auxilio por este mismo motivo, mientras que en el primer trimestre de este año se registran 8.135 denuncias y más de 17 mil llamadas de auxilio.
Advierten que este tipo de problemas se originan, entre otras causas, por una falta de capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres y comunidad LGBTIQ+, para todos los servidores públicos.
Por ello, en la propuesta se establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres y comunidad LGBTIQ+, para los servidores públicos y personas que se desempeñen en la función pública, en todos sus niveles, escalas y grados.
Según el proyecto, la Secretaría de Derechos Humanos será la autoridad competente para verificar el cumplimiento de esta disposición y los servidores que se negaren sin justa causa a realizar las capacitaciones serán sancionados de conformidad con la Constitución y la Ley.
También determina que el incumplimiento de dicha capacitación será considerado falta grave dando lugar a la sanción disciplinaria pertinente, más una multa equivalente a dos salarios básicos unificados.
PV