Asamblea censuró y destituyó a cuatro consejeros de Participación Ciudadana y Control Social

Sábado, 19 de noviembre del 2022 - 01:04 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Asamblea censuró y destituyó a cuatro consejeros de Participación Ciudadana y Control Social

Tras nueve horas de sesión, el Pleno de la Asamblea Nacional, con 85 votos afirmativos, censuró y destituyó a Ibeth Estupiñán, María Fernanda Rivadeneira, Francisco Bravo y Hernán Ulloa, miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), por incumplimiento de funciones al reformar el Reglamento para la elección de Contralor y por la falta de transparencia en la designación del Superintendente de Ordenamiento Territorial.

La resolución será notificada al Ministerio de Trabajo, a fin de que registre la censura y destitución de los referidos consejeros y, en consecuencia, se disponga la prohibición de ejercer cargos en el sector público por el plazo de dos años, de conformidad con lo prescrito en el artículo 85 inciso segundo de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), en concordancia con el artículo 15 de la Ley Orgánica de Servicio Público.

Así mismo, se recuerda a la Función Judicial, que la presente Resolución es emanadadesde el Pleno del Parlamento, máximo foro de deliberación pública que representa al pueblo ecuatoriano, razón por la cual se rechaza toda resolución que pretenda interferir con las decisiones democráticas de la Función Legislativa.

También se notificará a los funcionarios censurados, así como a las máximas autoridades de las funciones Ejecutiva, Judicial, Electoral, a los Consejeros que integran el Pleno del CPCCS y a todas las instituciones que integran la Función de Transparencia y Control Social, a la Fiscalía y Contraloría General del Estado, para que en el marco de sus competencias inicien los respectivos procesos de investigación y control.

Los asambleístas Mireya Pazmiño y Ángel Maita, en su condición de interpelantes, reiteraron que el juicio es legal y constitucional, pues han probado hasta la saciedad el incumplimiento de funciones. Pazmiño insistió en que los cuatro consejeros reformaron el Reglamento para nombrar al Contralor General del Estado, en un claro atentado al principio de seguridad jurídica, “luego de iniciado el proceso, con la convocatoria a las veedurías, ya no era posible cambiar las reglas de juego”, resaltó.

De su lado, Ángel Maita -autor de la moción de censura- aseguró que “no se puede pasar por alto el que una consejera de CPCCS haya mantenido conversaciones secretas con una de las integrantes de la terna para la designación de Superintendente de Ordenamiento Territorial, lo que lesiona la transparencia del proceso, por cuanto la transparencia está basada en la honestidad e integridad de los funcionarios públicos”.

A su turno, los consejeros Ibeth Estupiñán, María Fernanda Rivadeneira, Francisco Bravo Macías y Hernán Ulloa cuestionaron la falta de motivación del enjuiciamiento político en su contra, y señalaron que no les fue entregado el informe con la recomendación de archivo o de juicio; las actas individuales de votación y el informe de las posiciones de los miembros de la Comisión de Fiscalización. Defendieron la facultad del Pleno del CPCCS para reformar los reglamentos que emite para el proceso de selección de una autoridad.

Debate

En el debate intervinieron 18 asambleístas, quienes hicieron énfasis en la necesidad de ejercer la facultad fiscalizadora de la Asamblea y sancionar con la censura y destitución a los consejeros que incumplieron funciones y que actuaron fuera de la norma legal, para favorecer intereses ajenos a las demandas del pueblo ecuatoriano. A la vez, invocaron a no tener miedo de las amenazas, ni de las acciones de protección, porque la fiscalización es una facultad privativa de la Asamblea.

Virgilio Saquicela, desde su curul como asambleísta por Cañar, justificó la decisión del Pleno de la Asamblea de disponer el desarrollo del juicio político a los cuatro consejeros de CPCCS, en aplicación del inciso final del artículo 142 de la LOFL, ante la inexistencia del informe de la Comisión de Fiscalización. Este juicio político no solo es un imperativo constitucional y legal, sino sobre todo un imperativo moral de fiscalizar, añadió, al invocar al diálogo con las demás funciones del Estado para dar respuesta a las demandas del país, entre ellas, la seguridad, el empleo y la seguridad social.

EG/pv

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