Próximo jueves Pleno tratará proyecto de Ley interpretativa del Código de la Democracia

Martes, 23 de octubre del 2012 - 20:51 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En la sesión No. 197 del Pleno de la Asamblea Nacional, convocada para este jueves, 25 de octubre de 2012 a las 11h00, se tratará en primer debate los proyectos de Ley Interpretativa del penúltimo inciso del artículo 203 del Código de la Democracia, reformado por el artículo 21 de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, de iniciativa de los asambleístas Leonardo Viteri y Abdalá Bucaram. También se tratará en primer debate los proyectos de Ley de legalización de terrenos a favor de los moradores y posesionarios de predios.

Sobre el primer tema, en el informe, elaborado por la Comisión de Gobiernos Autónomos, se considera que la interpretación que se le otorgue al artículo objeto del proyecto debe enmarcarse en el ámbito de la constitucionalidad, lo que ha sido puesto en duda a través de las acciones interpuestas ante el órgano constitucional.

Como segundo punto del orden del día, los asambleístas tratarán en primer debate los proyectos de Ley de Legalización de Terrenos a favor de los Moradores y Posesionarios de predios que se encuentran dentro de la jurisdicción del cantón Buena Fe; Ley de Expropiación de Tierras a favor de los Posesionarios de Terrenos ubicados en el cantón La Troncal, provincia del Cañar; Ley de Legalización de Terrenos a favor de los Moradores y Posesionarios de Predios que se encuentran dentro de la circunscripción territorial de Santo Domingo; Ley Orgánica que reconoce Derechos de Posesión a la Titulación de las zonas costeras e insular de la República del Ecuador.

En el informe preparado por la Comisión de Gobiernos Autónomos se cree innecesario y contrario a la técnica legislativa, el discutir y, eventualmente, aprobar marcos legales que repitan y que, puedan contrariar lo que de manera general se ha previsto no solo en la Constitución, sino también en el COOTAD, Código Civil y Código de Policía Marítima, respecto de lo que ahora es competencia de los gobiernos autónomos municipales, más aún cuando se consagra y reconoce que son estos gobiernos los que de manera exclusiva, a través de las normativas que emitan sus cuerpos legislativos (concejos), tienen competencia para legalizar los predios donde se hallen asentamientos humanos irregulares, acorde con sus realidades particulares y en el marco de un ordenamiento territorial coordinado con otros niveles de gobierno.

RSA/pv

 

 

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