El legislador José Agualsaca explicó que la inimputabilidad por trastornos mentales es un tema que suscita mucha controversia y debate en el ámbito del derecho penal y que en este sentido, es importante destacar que el trastorno mental puede ser una causa de inimputabilidad, lo que implica que la persona que lo padece no es penalmente responsable por los actos que haya cometido.
Afirmó que la inimputabilidad por trastornos mentales se fundamenta en la premisa de que una persona que sufre un trastorno mental grave no puede comprender la naturaleza y la gravedad de sus actos, ni actuar de acuerdo con esa comprensión, en el momento de cometer el delito. En otras palabras, no es justo castigar a alguien que no tiene capacidad para entender lo que está haciendo, añadió.
Aclaró que la inimputabilidad no significa impunidad, es decir, que la persona no va a responder por sus actos. Por el contrario, dijo, el Estado tiene la obligación de proporcionar el tratamiento necesario para la recuperación del paciente y evitar que vuelva a cometer actos delictivos.
El legislador reiteró que la inimputabilidad por trastornos mentales se debe regir por principios científicos y éticos, que buscan proteger la salud mental de las personas y garantizar el respeto a los derechos humanos. En este sentido, continuó, es importante destacar que la determinación de la inimputabilidad por trastornos mentales debe ser realizada por expertos en la materia, y no puede ser una decisión arbitraria. Es por esto que la participación del ente rector de la salud a lo largo de todo el proceso es de fundamental importancia, añadió.
Así mismo, afirmó que este proyecto de ley pretende aclarar las competencias que tienen las instituciones que se ven involucradas como la Función Judicial, el sistema de rehabilitación social, la Policía Nacional, el ente rector de la salud y el ente rector de la inclusión social.
José Agualsaca expresó que la inimputabilidad por trastornos mentales es una medida justa y necesaria para proteger la salud mental de las personas y garantizar el respeto a los derechos humanos. Sin embargo, es importante que se respeten los principios científicos y éticos en su aplicación para evitar abusos en el sistema; y que a su vez se proporcione el tratamiento necesario para la recuperación de las personas que realmente lo requieran. De esta manera, podemos construir una sociedad más justa y humana, donde se garantice la dignidad y el bienestar de todas las personas, incluidas aquellas que padecen trastornos mentales, subrayó.
El legislador aclaró que en este contexto, el proyecto prevé que la salud mental sea abordada desde una visión integral, promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación, para lo que plantea implementar programas de salud mental para las personas privadas de libertad y el respectivo seguimiento, inclusive cuando se sujeten a cambios de régimen o beneficios penitenciarios.
Según la propuesta, los informes necesarios para la evaluación del estado mental de la persona deberán ser realizados por un perito debidamente calificado y por el ente rector de la salud pública. Esto servirá para que el juez tenga más elementos a la hora de resolver sobre la inimputabilidad de una persona.
Para garantizar que la información que recibe el juez sea relevante para su decisión, se deberá determinar los puntos de pericia en conjunto con el ente rector de la salud pública y se establecen las responsabilidades y competencias con respecto al seguimiento y tratamiento de las personas con trastorno mental declaradas como inimputables.
También determina la responsabilidad y competencia de la custodia de las personas con medidas de seguridad y que la salud mental no puede ser considerada únicamente en el ámbito del internamiento psiquiátrico, sino que es necesario que el Estado garantice los procesos de reinserción social, por lo que se determina que el ente rector de la salud, en conjunto con el ente rector de la inclusión social, promueva un proceso de reinserción familiar que garantice la continuidad del tratamiento.
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