Informe para segundo debate del proyecto de Ley de Monetización de Activos precisa que la extinción de dominio será declarada mediante sentencia motivada

Lunes, 05 de febrero del 2024 - 23:01 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Informe para segundo debate del proyecto de Ley de Monetización de Activos precisa que la extinción de dominio será declarada mediante sentencia motivada

La Comisión de Régimen Económico aprobó, con ocho votos a favor, el informe para segundo debate del proyecto de Ley para el Ahorro y la Monetización de Recursos Económicos para el Financiamiento de la Lucha contra la Corrupción, que incluye varias modificaciones al texto original, como resultado de las observaciones presentadas y análisis por parte de las y los comisionados.

El informe señala que la extinción de dominio es una consecuencia patrimonial de actividades ilícitas, consistente en la declaración de titularidad a favor del Estado, de los bienes o activos a los que se refiere esta Ley, por sentencia de autoridad judicial competente.

La extinción de dominio será declarada mediante sentencia motivada de la jueza o juez competente para la acción. El proceso estará sujeto al derecho al debido proceso de las partes procesales. La acción prescribirá después de transcurridos los ochenta años desde la fecha en que se adquirió el o los bienes sujetos al proceso de extinción de dominio, o desde que el bien o activo fue destinado a la actividad ilícita.

Para el inicio de la acción de extinción de dominio se requerirá de una sentencia condenatoria ejecutoriada previa, con 3 excepciones, una de ellas cuando los bienes objeto de extinción de dominio sean de propiedad de uno o varios miembros de grupos de delincuencia organizada nacional o transnacional, organizaciones terroristas y actores no estatales beligerantes. Las otras, cuando se trate de bienes o activos injustificados y cuando se trate de delitos flagrantes, respecto de los bienes o activos cuya titularidad se encuentren en propiedad de uno o varios de los miembros de los grupos señalados.

Posiciones de los comisionados

En el análisis, la asambleísta María Mercedes Erbs solicitó que se amplíe la explicación respecto al contenido del artículo 4.1 que se incluye en la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, específicamente sobre las excepciones. Steven Ordóñez resaltó el trabajo de la Comisión de Régimen Económico, porque se requiere “romper la economía de los delincuentes y que este recurso vaya por el desarrollo del país”.

Cristhian Vega se refirió a la modificación de la distribución de los recursos que provienen de la monetización de activos y la necesidad de destinar también para el desarrollo fronterizo y rural.

José Vallejo resaltó la construcción en colectivo del proyecto de ley, así como la concordancia con la Constitución, porque esta prohíbe las preasignaciones presupuestarias. Para la distribución de los recursos se eliminan los porcentajes.

La presidenta de la comisión, Nathaly Farinango subrayó que esta es una decisión importante para el país, que se concreta en un informe que incluye las observaciones recogidas de todas las bancadas legislativas. “En el caso de la extinción de dominio existe un avance significativo con relación a la ley vigente”, concluyó.

AM/pv

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