Pleno inició tratamiento de reformas a la Ley de Servicio Público

Jueves, 21 de febrero del 2013 - 18:32 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Con la lectura del informe unificado de los proyectos de Ley de Reformas a la Ley Orgánica del Servicio Público, elaborado por la Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social, el Pleno inició su trámite, en primera instancia.

En el informe se destaca que los proyectos se fundamentan en la objeción parcial del Presidente de la República al proyecto de Ley Orgánica del Servicio Público, que entró en vigencia por el Ministerio de la Ley, en el cual sus proponentes argumentan que dicha objeción se aparta de las garantías constitucionales consagradas a favor de los servidores públicos, lo que ha ocasionado una serie de transgresiones a principios y derechos constitucionales, como son el de igualdad, la no discriminación, la irrenunciabilidad de los derechos y el principio de independencia y autonomía de las diferentes instituciones del Estado.

 

Según los asambleístas proponentes de las diferentes iniciativas unificadas, la norma vigente prevé un proceso de evaluación punitiva del desempeño de los servidores públicos, al establecer la destitución a aquel servidor que en las evaluaciones obtuviere la calificación de insuficiente.

También se hace referencia a las consecuencias que, por motivo de la derogación de disposiciones de la Ley, han permitido terminar con los horarios y jornadas especiales para aquellos que ejecutan trabajos peligrosos o riesgosos dentro del sector público en el área de la salud, mismos que no están reconocidos expresamente en la Ley, afectando –inclusive- derechos como el de estabilidad laboral, debido a la ejecución del Decreto Ejecutivo 813, que reforma el Reglamento de la Ley Orgánica del Servicio Público.

Específicamente, las reformas se refieren a las clases de nombramiento, que son permanentes y los provisionales, artículo 17 letra b.5); derechos de los servidores públicos Art. 23, letras b) y h); jornada especial de trabajo, disposición general vigésima sexta, artículo 25 letra b); traspaso de puestos a otras unidades o instituciones, artículo 37; acción contenciosa administrativa, artículo 46; cesación de funciones por compra de renuncias, artículo 47 letra k); artículo 50 órganos de aplicación; artículo 51, competencias del ministerio de Relaciones Laborales; contratos de servicios ocasionales incisos sexto y séptimo artículo 58.

Además, en el artículo 64, respecto de las personas con discapacidad o con enfermedades catastróficas; artículo 77 de la planificación de la evaluación; artículo 78, inciso final; artículo 80 efectos de la evaluación; artículo 81, estabilidad de las y los servidores públicos; artículo 100, unificación de la remuneraciones de quienes conforman el nivel jerárquico superior; artículo 102. Determinación de la remuneración; artículo 110, pago hasta el último día del mes; artículo 114, pago por horas extraordinarias o suplementarias; artículo 124 viático por gastos de residencia; artículo 129, beneficio por jubilación; artículo 131 de los organismos de gestión control y regulación de las remuneraciones.

RSA/eg

 

 

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