La funcionalidad del CONCLAFT y el “blanqueo de dinero” fueron temas tratados respecto al proyecto para prevenir el lavado de activos

Miércoles, 15 de mayo del 2024 - 17:25 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
La funcionalidad del CONCLAFT y el “blanqueo de dinero” fueron temas tratados respecto al proyecto para prevenir el lavado de activos

La composición y funcionalidad del Consejo Nacional de Coordinación contra el Lavado de Activos y sus Delitos Precedentes, la Financiación del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (CONCLAFT), sujetos obligados a reportar a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), entre otros, fueron esta vez los temas abordados por los docentes universitarios Nino Cassanello y Héctor Tapia, en el tratamiento del proyecto de Ley de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Delitos, previo a la aprobación del informe para segundo debate.

Nino Cassanello, docente de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo, destacó los ejes de la normativa: prevención; levantamiento de información; análisis y procesamiento de información; sancionatorio; y, judicialización. En este contexto, planteó que se incorpore la obligación de la Superintendencia de Competencia Económica de elaborar estudios de investigación de mercado, correspondientes a las actividades desarrolladas por los sujetos obligados.

Al contenido del proyecto añadió cinco observaciones: la composición de CONCLAFT que resulta excesiva; aclarar el alcance del grupo financiero; incorporar a las superintendencias de Control Económico y de Ordenamiento Territorial; aclarar la designación del director de la UAFE por 4 años y el alcance de la excepción de reporte por parte de los profesionales.

Entre tanto, Héctor Tapia, catedrático de la Universidad Central del Ecuador, mencionó que el tema de lavado de activos va más allá del terrorismo. Debe ir de la mano con la extinción de dominio, porque no solamente tiene relación con los Grupos de Delincuencia Organizada (GDO) sino también con el denominado “blanqueamiento de dinero”, delitos de cuello blanco y delitos contra el Estado. Precisó que el lavado de activos y extinción de dominio no es penal, pues sigue a la plata y no a la persona.

Contratación pública

En la misma sesión, dentro del tratamiento del proyecto de reformas a la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública, la Comisión de Régimen Económico recibió las observaciones del experto Óscar Ayerve.

El invitado se refirió a los artículos 94 y 95 de la ley vigente, respecto a la terminación unilateral del contrato, notificación y trámite, que deben ser reformados. Dijo que “varios GAD en el país han sido tomados por el narcotráfico y crimen organizado, con instancias de movilidad bajo su control”.

Ampliación de plazo

La comisión, con nueve votos a favor, aprobó la moción del legislador Patricio Cisneros para ratificar lo actuado por la presidenta Nathaly Farinango, respecto al pedido de ampliación del plazo por 90 días para presentar el informe para primer debate del proyecto de reformas a la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública, en consideración al proceso de evaluación de la normativa vigente y el trabajo paralelo de reforma.

AM/pv

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COMISIÓN DE RÉGIMEN ECONÓMICO. ECUADOR, 15 DE MAYO DE 2024

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