La legisladora Jadira Bayas presentó el proyecto de reforma al Código Orgánico del Ambiente con la finalidad de regular el manejo responsable de los animales y arbolado urbano, que consta en el título VII, así como el capítulo I y sección I, referente a las disposiciones generales para tal manejo.
La propuesta establece la siguiente clasificación de los animales en siete grupos: destinados a compañía, convencionales y no convencionales; destinados a trabajo u oficio, asistencia y soporte emocional; destinados a la experimentación; destinados al consumo y la industria; de la fauna silvestre; de la fauna marina; y, sinantrópicos o liminales.
La iniciativa define a la fauna urbana como el conjunto de animales de compañía, trabajo u oficio, entretenimiento y/ o de cualquier otra clasificación siempre y cuando estos deambulen en el espacio público de los perímetros urbanos consolidados.
A la fauna silvestre como el conjunto de especies que se encuentra en su estado natural de libertad e independencia del ser humano, y que habita en forma permanente, circunstancial o momentánea en cualquier ambiente natural o artificial.
Entre tanto, a la fauna silvestre urbana como el conjunto de especies de fauna silvestre que han hecho su hábitat en zonas urbanas o que fueron introducidas en dichas zonas. Se propenderá que la fauna silvestre se mantenga en su hábitat natural.
Añadió que, los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales o Metropolitanos contarán con las atribuciones de planificación, regulación, control, gestión y coordinación de los animales que conforman la fauna urbana y fauna silvestre urbana de conformidad con las disposiciones de la normativa vigente.
Para ello, se deberá controlar, de forma coordinada con las entidades rectoras a nivel nacional, el bienestar animal de los animales que conforman la fauna urbana en la tenencia, crianza, comercialización, reproducción, adopción, transporte y eutanasia animal. Cualquier inobservancia será comunicada al ente rector nacional, a través de un informe preceptivo.
AM