María Mercedes Erbs y Paúl Buestán presentaron proyecto en beneficio de los despedidos por compra de renuncia obligatoria

Miércoles, 14 de agosto del 2024 - 19:07 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
María Mercedes Erbs, Paúl Buestán

Los legisladores María Mercedes Erbs y Paúl Buestán presentaron el proyecto de Ley Orgánica de Equiparación de Derechos para todos los Despedidos con la Inconstitucional Compra de Renuncia Obligatoria; y, reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

La asambleísta María Mercedes Erbs destacó que esta iniciativa se fundamenta en una sentencia de la Corte Constitucional que abordó la pérdida de derechos causada por las renuncias obligatorias. Por su parte, el legislador Paúl Buestán señaló que el Decreto Ejecutivo 813 de 2011, vulneró derechos laborales al forzar la renuncia de alrededor de 5.000 personas, algunas con discapacidad, enfermedades graves y adultos mayores que no pudieron acceder a la jubilación.

Esta propuesta tiene como objetivo extender los efectos del precedente jurisprudencial obligatorio declarado por la Corte Nacional de Justicia en la Resolución N.° 10-2024, del 5 de junio de 2024, y está dirigida a todos los servidores públicos que fueron cesados bajo la figura de la compra de renuncia obligatoria establecida en el Decreto Ejecutivo 813.

La resolución se aplicará a servidores que hayan iniciado acciones en la vía contencioso administrativa o constitucional; que hayan acudido a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); a aquellos cuyos procesos se hayan declarado en abandono; y, a servidores que no hayan seguido ninguna de estas vías, siempre y cuando se encuentren en la misma situación que los beneficiarios del precedente jurisprudencial.

Por otro lado, la Cancillería deberá informar a los consulados y oficinas consulares del Ecuador sobre la vigencia de esta ley para colaborar con los migrantes ecuatorianos despedidos bajo el Decreto Ejecutivo 813. El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) deberá reconocer los aportes y conceptos no percibidos por los servidores despedidos, reanudar sus afiliaciones y asegurar el acceso a jubilaciones según la ley.

En caso de fallecimiento de los servidores despedidos, las entidades públicas calcularán los valores a favor del exservidor fallecido y los entregarán a sus herederos conforme a la ley.

MEV/am

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ASAMBLEÍSTAS MARIA MERCEDES ERBS Y PAÚL BUESTÁN. ECUADOR, 14 DE AGOSTO DE 2024

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