El asambleísta Rafael Dávila presentó un proyecto de Ley de Ahorro para Contingencias que tiene como objetivo crear el Fondo Ecuatoriano Soberano de Ahorro y Emergencias (FESAE), como parte del Presupuesto General del Estado que permita enfrentar los efectos post desastres naturales, contingencias y desfases económicos, así como las bajas bruscas del precio del barril del petróleo, para lo cual el Banco Central del Ecuador creará y administrará dicha cuenta especial.
Dávila indicó que es necesario que el país cuente con un fondo económico permanente para que, sin afectar otros sectores y sin tener que recurrir a los recursos del Presupuesto del Estado, pueda enfrentar y superar en forma eficiente, inmediata y directa un estado de excepción, procurando no afectar el resto de sectores de la economía nacional.
El proyecto, que contiene seis artículos y una disposición final, establece que el fondo se constituirá con un monto equivalente al 0,5% del Producto Interno Bruto (PIB), que obligatoriamente deberá hacer constar en la proforma presupuestaria de cada año.
Los referidos recursos serán depositados en la cuenta que para el efecto se cree y se acumularán hasta que alcance el 10% del PIB del último año fiscal. El patrimonio del fondo podrá ser invertido por el Banco Central en colocaciones de corto plazo y rendimiento razonable, procurando contar con la liquidez suficiente para enfrentar inmediatamente cualquier contingencia que se presente.
Según el proyecto, el Fondo Ecuatoriano Soberano de Ahorro y Emergencias será destinado a financiar la reconstrucción y reactivación de los sectores que sean abatidos y/o afectados por desastres naturales, tales como sismos, erupciones volcánicas, maremotos, tsunamis, deslaves, inundaciones, sequías, etc. y, recuperar y estabilizar los ingresos petroleros efectivos previstos en el Presupuesto General del Estado del ejercicio fiscal respectivo, siempre y cuando éstos fueren inferiores en, al menos, un 5% de los estimados en dicho presupuesto.
Dispone que una vez sucedida la contingencia, el Presidente de la República, previo informes urgentes emitidos por la Secretaría Nacional Técnica de Gestión de Riesgo, en caso de catástrofes naturales; o del Ministerio de Finanzas, en el caso de la baja del precio del barril del petróleo, decretará el estado de emergencia, o a su vez, establecerá el desfinanciamiento del Presupuesto del Estado por el bajo precio del petróleo; y precisará el monto económico a destinarse.
Finalmente, Rafael Dávila señaló que “esa desprotección económica que conlleva a que, en el evento no consentido de que tengamos que enfrentar un desastre natural o un caída de los ingresos presupuestados que tenga efectos muy graves, forzosamente tendremos que echar mano de una buena parte de los recursos económicos del Presupuesto General del Estado, con la situación agravante de que dicho presupuesto quedaría desfinanciado y que, irremediablemente, afectaría a importantes sectores de la sociedad, con lo que se originaría una doble catástrofe: económica y social en el ámbito nacional”.
JLVN/pv