Asambleísta Nivea Vélez presenta proyecto que sanciona con prisión los delitos contra el derecho a la seguridad social

Lunes, 24 de octubre del 2011 - 21:17 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La asambleísta Nivea Vélez presentó el proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal para la Tipificación y Sanción de la No afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, que pretende, sin perjuicio de las acciones administrativas a que hubiere lugar, reprimir con prisión de tres a seis meses, al representante legal de los empleadores públicos o privados, que no hubieren afiliado a la seguridad social a sus trabajadores y trabajadoras, servidores y servidoras públicos, dentro de los plazos previstos en la ley que regula la Seguridad Social.

Con igual pena se sancionará a la persona responsable de las oficinas responsables de la administración del talento humano, tanto en el sector público como privado.

Así mismo será reprimido con tres a cinco años de prisión y multa de cien salarios básicos unificados del trabajador en general, el representante legal del empleador público o privado, que habiendo retenido a sus trabajadores o servidores públicos, los aportes patronales y/o personales, y, otros descuentos y valores que corresponden a la seguridad social, no lo hubiere depositado en el IESS en el plazo máximo de 90 días, contados a partir de la fecha de la respectiva retención. Igual pena se impondrá al responsable financiero tanto de los empleadores público como privados.

Prevé que si como consecuencia de la no afiliación o la falta de pago, el IESS no pudiere entregar al trabajador/a, empleado/a, servidor o servidora, o a sus deudos, las prestaciones a las que tiene derecho, el representante legal del empleador público o privado será reprimido con la pena de uno a tres años de prisión, sin perjuicio de las acciones administrativas que correspondan.

Según la propuesta, la apropiación de los recursos retenidos al trabajador, empleado o servidor, constituye enriquecimiento ilícito y será sancionado de conformidad con lo establecido en el Código Penal para el efecto, sin importar el destino que han tenido los recursos.

Dispone que el representante legal del empleador público o privado, que de forma fraudulenta o con engaño, hubiere promovido entre sus trabajadores o servidores públicos a renunciar al derecho a la seguridad social, será reprimido con tres a cinco años de prisión y multa de 100 salarios básicos unificados del trabajador en general El servidor o servidora del IESS responsable de la inspección y control a los empleadores, de conformidad con la ley que regula la Seguridad Social, que incumpliere su función o que no reportare la infracciones tipificadas en este capítulo a la Fiscalía General, en un plazo máximo de ocho días desde el conocimiento de la infracción, será sancionado con tres a cinco años de prisión.

La asambleísta Nivea Vélez argumenta que la no afiliación al IESS está ya sancionada y a pesar de ello se ha mantenido esta vulneración al derecho fundamental a la seguridad social, situación que debe ubicarse claramente como responsabilidad de los empleadores; pero también como responsabilidad de las autoridades del Ministerio de Relaciones Laborales y del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social principalmente, por incumplimiento de sus funciones, como se desprende la información que el IESS ha proporcionado a la Asamblea en la que señala que no tiene inspectores; y afirma que el IESS se encuentra implementando un plan de visitas denominado “Control y Asesoría de la Seguridad Social”.

RSA/pv

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