Asambleísta Saruka Rodríguez propone eliminar la prisión de tres días de las sanciones aplicables a las contravenciones muy graves

Viernes, 01 de marzo del 2013 - 20:53 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La legisladora Saruka Rodríguez, presentó un proyecto de reformas a la Ley de Tránsito, Transporte Terrestres y Seguridad Vial, que busca eliminar la prisión de tres días de las sanciones aplicables a las contravenciones muy graves, mismas que serán sancionadas con multa de una remuneración básica unificada del trabajador en general y reducción de 10 puntos en su licencia de conducir.

 

De esta manera, propone sustituir el artículo 145 de la referida ley, por tanto se establece que incurre en contravención muy grave quien conduzca sin haber obtenido la licencia; el que conduzca con licencia anulada, revocada o suspendida, la misma que deberá ser retirada inmediatamente por el agente de tránsito.

 

Así mismo, quien condujere un vehículo con una licencia de categoría diferente a la exigible para el tipo de vehículo que conduce; el conductor que faltare de obra a la autoridad o agente de tránsito; quien con un vehículo automotor excediere los límites de velocidad, de conformidad con el reglamento correspondiente.

Igualmente, quien conduzca un vehículo prestando servicio de transporte de pasajeros o bienes sin contar con el título habilitante correspondiente o realice un servicio diferente para el que fue autorizado, si además el vehículo hubiere sido pintado con el mismo color y características de los vehículos autorizados.

También quienes participen con vehículos a motor en competencias en la vía pública, sin el permiso correspondiente; y, quien causare un accidente de tránsito, del que resultare herida o lesionada alguna persona, produciendo enfermedad o incapacidad física para efectuar sus tareas habituales, menor a quince días.

En caso de conducir sin haber obtenido la licencia no se aplicará la reducción de puntos; en los casos de conducir con licencia de categoría diferente a la exigible para el tipo de vehículo, preste servicio de transporte de pasajeros o causare accidente de tránsito, el infractor será sancionado con dos remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general y el vehículo será retenido por el plazo mínimo de siete días. El vehículo será devuelto cuando se cancele el valor de la multa correspondiente, y el propósito del vehículo será solidariamente responsable del pago de esta multa.

La propuesta legal adicionalmente prevé que en las contravenciones leves de primera, segunda y tercera clase, los puntos reducidos en la licencia de conducir, podrán recuperarse con trabajo comunitario, en las unidades de la Policía Nacional Comunitaria el mismo que se definirá en el Reglamento de acuerdo a la contravención cometida.

JLVN/pv

 

 

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