Comisión 2 avanza en análisis de articulado de Ley de Servicio Público

Martes, 20 de abril del 2010 - 20:13 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de los Derechos de los Trabajadores y Seguridad Social, en el marco del análisis y discusión del articulado del proyecto de Ley de Servicio Público, logró consensuar que el personal docente comprendido en todos los niveles y modalidades gozará de estabilidad, actualización, formación continua, mejoramiento pedagógico y académico, percibirá una remuneración justa de acuerdo con la profesionalización, desempeño y méritos académicos.

Estarán sujetos a la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional, de conformidad con el artículo 349 de la Constitución.

En cuanto a las servidoras y servidores públicos de libre nombramiento y remoción, Nivea Vélez, presidenta del organismo, manifestó que las autoridades nominadoras podrán designar, previo el cumplimiento de los requisitos previstos para el ingreso al servicio público y remover libremente a las y los servidores que tienen a su cargo la dirección política y administrativa del Estado. La remoción así efectuada no constituye destitución ni sanción disciplinaria de ninguna naturaleza.

Sobre la planeación y dirección de la capacitación, en el caso de las entidades de los gobiernos autónomos descentralizados, se sujetará a lo que determina el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización. La capacitación y el fortalecimiento institucional serán de responsabilidad de la Unidad de Administración de los Recursos Humanos, conforme a las disposiciones del Plan Nacional de Formación y Capacitación de los Servidores Públicos.

La formación y capacitación efectuada a favor de los servidores públicos, en la que el Estado hubiese invertido recursos económicos, generará en los servidores la responsabilidad de poner en práctica los nuevos conocimientos adquiridos por un lapso igual al triple del tiempo de formación o capacitación.

Además se definió al subsistema de evaluación de desempeño como el conjunto de normas, técnicas, métodos, protocolos y procedimientos armonizados, justos, transparentes, imparciales y libres de arbitrariedad que sistemáticamente se orienta a evaluar bajo parámetros objetivos acordes con las funciones, responsabilidades y perfiles del puesto.

La evaluación se fundamentará en indicadores cuantitativos y cualitativos de gestión, encaminados a impulsar la consecución de los fines y propósitos institucionales, el desarrollo profesional de los servidores públicos y el mejoramiento continuo de la calidad del servicio público prestado por todas las instituciones del Estado.

Las evaluaciones a los servidores públicos se realizarán una vez al año. La servidora o servidor calificado como excelente, muy bueno o satisfactorio, será considerado para los ascensos, promociones o reconocimientos, priorizando al mejor calificado en la evaluación del desempeño.

RSA/pv

 

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