Comisión 2 y Ministro de Relaciones Laborales analizan conflictos en Erco, Vachagnon, Agrocalidad, Petroecuador y CNT

Miércoles, 24 de marzo del 2010 - 23:18 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Derechos de los Trabajadores recibió al ministro de Relaciones Laborales, Richard Espinosa, con el propósito de buscar soluciones a los conflictos que enfrentan los trabajadores de empresas como ERCO, Vachagnon, Agrocalidad y de instituciones como Petroecuador y la Corporación Nacional de Telecomunicaciones.

En el caso de ERCO, el funcionario tras explicar que el conflicto se origina por la implementación del sistema integrado de manufactura (SIM), resaltó que avanzan las negociaciones del contrato colectivo, con la presencia de su portafolio.

Expresó su preocupación porque la empresa puso una especie de andariveles, con mallas antihumanas que partían desde la entrada de la empresa hasta los puestos de trabajo, de modo que por un lado ingresaban los miembros del Comité de empresas y por otro los trabajadores “pro empresa” y se los registraba con perros, guardias, hecho que fue impedido por el ministerio y denunciado a través de los medios de comunicación de Cuenca.

Expresó que a través de la unidad de seguridad y salud obligó a sacar las mallas, previo la aplicación de una multa superior a los 250.000 dólares.

VACHAGNON

Sobre el cambio de nombre de la empresa Vachagnon por Puerto Limpio, con lo cual se pretende sacar a 1300 trabajadores, el secretario de Estado dijo que el 22 de marzo se reunieron con 80 trabajadores, en donde se acordó que el Ministerio de Relaciones Laborales realice una inspección de seguridad y salud a las instalaciones de la empresa los días 25 y 26 de marzo y que están revisando los procesos de vistos buenos que han sido solicitados.

Agregó que también acordaron una reunión tripartita entre los representantes de la empresa, de los trabajadores y el viceministro del Trabajo.

AGROCALIDAD

Sobre el despido de 101 trabajadores de Agrocalidad, dijo que analizarán los argumentos y los mecanismos que se aplicaron, ya sea por supresión de partida, evaluación del desempeño o la aplicación de una calificación baja sin merecerla. Se entendería que fue supresión de partida, en cuyo caso, se revisará si se cumplió un proceso netamente técnico y si cumplieron las características del proceso, luego de lo cual verificará se la empresa pagó la indemnización que les corresponde.

PETROECUADOR

Sobre los ex trabajadores y servidores de Petroecuador que se quejan que fueron liquidados en el 2007, sin que se les haya reconocido lo que el contrato colectivo establecía, Richard Espinosa manifestó que no tiene los casos específicos, pero “entendería que se refiere a las renuncias voluntarias por las que se pagan indemnizaciones que en muchos casos superaban los 300 y 400 mil dólares, inclusive hasta un millón de dólares”.

Después vinieron los mandatos constituyentes que pusieron límites a las indemnizaciones, pero sobre todo declararon nulas de pleno derecho, las cláusulas establecidas en los contratos colectivos con esos excesos, pero existieron personas que efectivamente cobraron 500 y 600 mil dólares y otras que presentaron su renuncia y todavía no eran liquidados, por lo que sostienen que la ley no es retroactiva, agregó.

Opinó que no se trata de retroactividad de la ley, sino del acto que es nulo, de modo que mal habrían hecho los directivos de Petroecuador si cancelaban en los términos establecidos en el contrato colectivo, considerado que el mandato constituyente eliminó todos los excesos y privilegios.

Corporación Nacional de Telecomunicaciones

El ministro dijo que sobre el despido en el CNT, los trabajadores hicieron una consulta y el ministerio respondió que se les pagará en los términos previstos en la normativa legal, a la vez que explicó que el problema se origina luego de la expedición los decretos ejecutivos 1701 y 225, en donde se establecía la calificación de servidor y obrero y no sabían si es que se les debía pagar la indemnización por supresión de partida o la liquidación como trabajadores regulados por el Código de trabajo.

Finalmente, informó que luego de los estudios pertinentes se concluyó que se les tiene que indemnizar a todos de acuerdo con el contrato que tenía firmado y la regulación bajo el Código de Trabajo. Hasta que estas personas sean calificadas como servidores u obreros, tenía que respetarse el contrato, que en este caso vendría hacer más beneficioso para los trabajadores porque los montos eran superiores.

RSA/pv

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador