Con el Título que contiene los capítulos sobre Organismos y mecanismos de regulación y vigilancia, en donde se incluyen las secciones de la Defensoría del Público y de las veedurías y observatorios ciudadanos, la Comisión terminó la redacción del articulado del cuerpo legal.
Así como el Título sobre las responsabilidades y sanciones, cuyos artículos fueron aprobados con 6 votos. 5 asambleístas no estuvieron en las últimas horas de la sesión.
Aquí se establece que el Consejo de Comunicación e Información y los Delegados Territoriales, son los únicos competentes para conocer y resolver en sede administrativa las denuncias relacionadas con la violación a las disposiciones establecidas en la presente Ley.
El incumplimiento de las obligaciones dará lugar a la aplicación de las siguientes sanciones: amonestación escrita para medios impresos, publicada en su propio medio de comunicación en el día de mayor tiraje y en la sección editorial. Para medios audiovisuales y radiales, la sanción se difundirá en el horario dispuesto por la autoridad sancionadora; multa de una hasta cincuenta remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general; suspensión de funcionamiento de uno a treinta días; y, clausura del medio de comunicación social.
La clausura de un medio de comunicación se aplicará, únicamente, al haber reincidido de manera específica en la comisión de la infracción contra el orden constitucional y la seguridad interna y externa del Estado, previo informe del Consejo de Seguridad Pública.
La Comisión aprobó, además, 15 considerandos que contendrá el proyecto. Se encuentran pendientes las disposiciones generales, transitorias y derogatorias; así como la redacción del informe para primer debate que se presentará este viernes.
AM/