Comisión de Biodiversidad socializará proyecto de Ley de Conservación y Restauración del Ecosistema Manglar

Viernes, 16 de diciembre del 2011 - 16:47 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) resolvió que la Comisión de Biodiversidad lleve adelante el proceso de análisis del proyecto de Ley Orgánica de Conservación y Restauración del Ecosistema Manglar que tiene por objetivo proteger, manejar, restaurar y conservar el ecosistema manglar, así como de sus zonas de transición y amortiguamiento y la biodiversidad que alberga, de sus ciclos ecológicos, funciones y procesos evolutivos; y, al mismo tiempo garantizar los derechos de las comunidades y pueblos ancestrales relaciones a este ecosistema.

 

La normativa establece que la responsabilidad por daños ambientales en el ecosistema manglar, su zona de transición y de amortiguamiento, es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas.

Prevé que las personas naturales y jurídicas que, por acción u omisión, estén vinculadas directa e indirectamente al ecosistema manglar, su zona de transición y de amortiguamiento, asumirán la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los daños que han causado.

Se determina que el Ministerio de Ambiente la Autoridad Ambiental Nacional y el ente rector, coordinador y regulador de la gestión del ecosistema manglar, zonas de amortiguamiento y transición coordinará con las otras autoridades del sector público en sus respectivos ámbitos de competencia y jurisdicción, con la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión.

Así mismo, establecerá las políticas de conservación, recuperación, restauración, regeneración, indemnización, uso, manejo y administración de los recursos del ecosistema del manglar, zonas de amortiguamiento y de transición.

También dispone que las comunidades y pueblos ancestrales del ecosistema manglar que han habitado ancestralmente las áreas protegidas tienen derecho a la administración y gestión de este ecosistema frágil y amenazado, que a través de sus prácticas de manejo de la biodiversidad y de su entorno natural, aseguran la conservación y utilización sustentable de la biodiversidad de este ecosistema.

El proyecto contiene 54 artículos, seis disposiciones generales, cinco transitorias y un artículo final.

JLVN/pv

 

 

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