Comisión de Desarrollo Económico socializará las reformas al Código de Comercio

Miércoles, 08 de febrero del 2012 - 15:49 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Las reformas al Código de Comercio, propuestas por el asambleísta Fernando Cáceres, están en manos de la Comisión de Desarrollo Económico, organismo que se apresta a socializar esta iniciativa con los sectores involucrados en esta materia.

 

El proyecto tiene como finalidad establecer las obligaciones de los comerciantes en las operaciones propias en su giro o empresa; los actos y contratos de comercio o mercantiles, aunque sean ejecutados por no comerciantes; los regímenes especiales de carácter mercantil y los relativos a los efectos de comercio. El proyecto tiene 969 artículos, una disposición transitoria, una derogatoria y una final.

Fernando Cáceres señaló la necesidad de modernizar este cuerpo legal, ya que la última codificación se efectuó en 1960 y, entre los principales cambios, se proponen enmiendas en lo relatico a los actos de comercio, contabilidad, corredores de comercio, de las obligaciones y contratos mercantiles, títulos de valores, entre otros.

Actos de comercio

El autor del proyecto subrayó que para determinar los actos de comercio se sustituye la enumeración taxativa del artículo 3 del actual Código de Comercio por la calificación legislativa dispuesta en el inciso segundo del art.1990 del Código Civil, por tanto, se modifica y se incluyen dentro de los comerciantes a las sociedades, lo cual armoniza lo dispuesto en el artículo19 de la Ley de Compañías con las disposiciones relativas a matrícula de comercio, como requisito para ejercer lícitamente la profesión mercantil. Se suprime por innecesaria la intervención del Juez de lo Civil.

Contabilidad

Se consideran las normas de la Ley de Régimen Tributario Interno y en la Ley para la Transformación Económica del Ecuador en cuanto a aceptar el uso de medios mecánicos e informáticos en materia contable.

Corredores de comercio

Fernando Cáceres sostuvo que nunca fue posible la designación de los corredores de comercio, por lo engorroso del procedimiento, ya que correspondía al mismo Presidente de la República la emisión de títulos. La propuesta recomienda que se siga el procedimiento para designar a los titulares de estos cargos por medio de las Cámaras de Comercio del país, basados en la Ley de Arbitraje.

Obligaciones y contratos mercantiles

Indicó que en el Libro Segundo se da especial cuidado en modernizar las normas que rigen los actos y contratos mercantiles, para que guarden armonía con las disposiciones que, a su vez, regulan los actos y contratos del Derecho Civil.

Títulos de valores

El parlamentario subrayó que en el Libro Tercero se separa la materia relativa a los títulos de valores, reconociendo así su complejidad y creciente importancia en la gestión de los negocios. En la parte general se dilucidan el concepto y la clasificación de los títulos de valores.

Finalmente, el autor del proyecto solicitó a la Comisión de Desarrollo Económico se le permita participar en el proceso de socialización, a fin de escuchar las observaciones de las distintas instituciones, cámaras de comercio, gremios profesionales y de todos los sectores vinculados, con la finalidad de que el Nuevo Código de Comercio permita modernizar y simplificar el comercio nacional y sea otro incentivo importante para atraer inversiones, ahora que se encuentra en vigencia el Código de la Producción, Comercio e Inversiones.

JLVN/eg

 

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador